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La Fiscalía ve ilegal que se retenga a los estudiantes alojados en el hotel covid de Palma por el macrobrote de Mallorca

El Ministerio Público se opone a respaldar la decisión de la conserjería de Salud

Protestas de los estudiantes alojados en el hotel covid de Palma

Protestas de los estudiantes alojados en el hotel covid de Palma Video: Agencia Atlas

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Protestas de los estudiantes alojados en el hotel covid de Palma J.F. Mestre

La fiscalía de Palma se ha pronunciado en contra de que se mantenga el confinamiento de los casi 300 estudiantes, que han sido hospedados en el hotel covid por razones sanitarias. El Ministerio Pública se ha pronunciado en la demanda que se está instruyendo en el juzgado de lo contencioso administrativo, que debe decidir si es legal la decisión que adoptó el pasado domingo la conserjería de Sanidad, alegando razones de salud pública, en la que ordenó que todos los estudiantes que habían tenido contacto con los jóvenes contagiados debían estar en cuarentena en el hotel Meliá Bellver.

La fiscalía se opone de esta forma a bendecir la propuesta del Govern, que pretendía que los juzgados ratificaran la legalidad de la orden de aislamiento, y por tanto considera que se trata de una medida que no es legal.

Considera que las medidas adoptadas por la Dirección General de Salud Pública "no resultan plenamente justificadas ni proporcionadas de acuerdo con la legislación vigente", según recoge Europa Press.

Según han confirmado fuentes jurídicas, el fiscal considera que no se puede autorizar que el Govern contemple que todos los jóvenes confinados sean sospechosos de estar contagiados, cuando no se ha hecho lo mismo con los empleados, o los otros clientes, que estaban hospedados en el mismo hotel que los estudiantes. También critica la resolución del fiscal que la orden administrativa no haya concretado si los jóvenes que están en el hotel están contagiados, o únicamente han tenido contactos con contacto con personas enfermas. "Resulta extraño que no se hayan considerado sospechosos o contactos a otros colectivos tales como los trabajadores de los establecimientos hoteleros o de ocio o los otros clientes que disfrutaban de esos hoteles o lugares de ocio", argumenta el fiscal.

En este sentido, la Fiscalía cuestiona que la resolución de la Dirección General "no especifica ni concreta de forma clara ni directa" a ninguno de los alumnos, sin hacer referencias a la situación particular de cada uno de ellos --como la fecha de llegada, periodo de estancia en la isla, grupo al que pertenecía, actividades realizadas o el hotel en el que se hospedaron--.

"Es decir, se ignora (...) si efectivamente mantuvieron un contacto real ni con qué intensidad con las personas concretas cuyo confinamiento se pretende ratificar", apunta el Ministerio Público.

El fiscal puntualiza que no se cuestiona la gravedad de la situación pero pone en tela de juicio la proporcionalidad de la meda, cuando "la propia resolución apunta a que por el momento todos los casos han sido asintomáticos o leves y que ninguno ha precisado hospitalización".

Finalmente, critica que la orden del Govern haga mención a "jóvenes estudiantes" pero sin mencionar que varios de ellos pueden ser menores de edad, teniendo en cuenta la posible intervención de los padres o tutores legales al adoptar medidas restrictivas respecto a sus derechos y libertades.

Si el juez sigue el mismo criterio que ha marcado el fiscal, el Govern se vería obligado a permitir que los jóvenes a los que ha obligado a que se mantengan en cuarentena en el hotel, a que abandonen el establecimiento y regresen en su domicilio. El juzgado, en principio, tiene previsto resolver este debate en las próximas horas, dado la urgencia que precisa su decisión.

Por otra parte, cabe recordar que el juzgado de guardia rechazó ayer varias peticiones de habeas corpus que habían presentado algunos de estos estudiantesalegando que estaban retenidos en el hotel en contra de su voluntad, cuando ellos habían dado negativo en el test PCR. El juzgado, sin embargo, no apreció ningún tipo de detención ilegal y señalaba que la decisión de Salut estaba amparada por una orden administrativa, que estaba a la espera de ser ratificada, o no, por el juzgado de lo contencioso de Palma.

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