LOREG se le llama. Es el acrónimo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que es larga y en numerosas fases farragosa, pero también es muy importante, sobre todo si se celebran elecciones sin parar. Es lo que ha ocurrido en España desde 2015, desde las generales de diciembre de ese año. Desde entonces, una veintena de comicios, incluyendo los autonómicos, los municipales, los andaluces, los valencianos, los vascos, los gallegos, los catalanes y los europeos. Estamos ante una de las consecuencias de la inestabilidad política, de la fragmentación del espacio de los partidos. Otra consecuencia es, precisamente, la tensión a la que se ha visto sometida la LOREG.

El Congreso creó el pasado miércoles una subcomisión para reformar la ley, que data de 1985. Se ha actualizado varias veces, pero sigue desfasada en muchos ámbitos. Aunque el motivo que ha propiciado este órgano parlamentario de estudio y debate es la regulación del voto de los españoles que viven en el extranjero (el voto rogado), aún pendiente, las fuentes parlamentarias consultadas por EL PERIÓDICO DE ESPAÑA coinciden en que hay muchos otros aspectos que merecen una reflexión, y previsiblemente, un cambio, pero sin alterar la filosofía. "Hay que actualizar la norma", proclama una de dichas fuentes. La subcomisión dispondrá de un plazo de seis meses, en principio, para llevarlos a cabo.

¿Tiene sentido que en 2021 no se puedan publicar encuestas electorales durante los cinco días anteriores al de los comicios?, ¿deberían endurecerse las sanciones habida cuenta de que ha aumentado el número de infracciones?, ¿cómo votar en mitad de estado de alarma o un estado de excepción?, ¿es razonable que haya una campaña sin debates televisados o sólo con uno? Son algunas preguntas latentes desde hace tiempo que seguramente se analizarán durante los trabajos de la subcomisión. La reforma de la ley electoral es una de esas cosas que empieza a hacerse cada legislatura y que se queda sin hacer cuando acaba la legislatura.

Algunos grupos parlamentarios, caso del PP, prefiere en principio no abrir un melón enorme y que se cuelen un sinfín de asuntos, pero otros apuestan por aprovechar la oportunidad. Ciudadanos, por ejemplo, ha planteado en numerosas ocasiones cambiar la correlación de votos y escaños, o que la elección de las diputaciones provinciales sea directa, o que sea causa de inelegibilidad ser prófugo de la Justicia (caso de Carles Puigdemont, cargo electo en el Parlamento europeo tras las últimas elecciones de mayo de 2019 pese a estar buscado por los tribunales españoles). ERC ha propuesto rebajar la edad para ir a las urnas dos años, hasta los 16. El PSOE incidirá en la necesidad de adaptar la norma a los nuevos usos tecnológicos de la información. Son algunos ejemplos. Todas las fuentes coinciden, no obstante, en que si hay reforma, se hará por consenso.

Termómetro de la clase política

Dice el artículo 69.7 de la LOREG: "Durante los cinco días anteriores al de la votación queda prohibida la publicación y difusión o reproducción de sondeos electorales por cualquier medio de comunicación".

Si bien el periodo político actual es de tregua electoral, ya que no se avistan urnas hasta que el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, decida, se siguen publicando sondeos. Constantemente. Los estudios demoscópicos se han convertido en el termómetro de la clase política española. Las decisiones de Pedro Sánchez y de Pablo Casado están condicionadas por las encuestas. El propio presidente andaluz convocará cuando considere oportuno, pero en su reflexión no sólo influirá la gestión económica y el estado de la pandemia, sino también la tendencia de los sondeos.

Resulta que las encuestas se suceden periódicamente en los medios de comunicación y que son más leídas y escrutadas cuanto más cerca está la jornada electoral. Pero con la LOREG hemos topado por culpa de ese famoso artículo 69.7.

En un país en el que, como indican los barómetros del CIS, sin ir más lejos el último publicado este viernes, más del 19 por ciento de los ciudadanos decide su voto a lo largo de la última semana de campaña y un 6, más o menos, el mismo día de ir a las urnas, la publicación de encuestas seguramente espolearía la participación. Lograrlo depende de la iniciativa de los grupos parlamentarios, y se trataría de una modificación puntual. Y se evitaría que en el tramo final de una campaña políticos y periodistas acudan a los sondeos andorranos, en los que en vez de siglas, aparecen verduras con los colores de cada formación.

Asimismo, diversas fuentes parlamentarias, aunque no todas, se muestran a favor de al menos analizar qué hacer con el régimen de sanciones estipulado en el artículo 153 de la LOREG. Es recordado el caso de Pedro Sánchez, quien siendo presidente y candidato del PSOE en las elecciones generales de noviembre de 2019, dio, en pleno proceso electoral, una entrevista a La Sexta desde el mismo palacio de la Moncloa.

Y el artículo 50.2 de la ley establece esto: "Desde la convocatoria de las elecciones y hasta la celebración de las mismas queda prohibido cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".

Se montó un buen lío porque el PP denunció ante la Junta Electoral Central dicha entrevista, y la mayoría de sus 13 vocales encontró una vulneración de la ley, por lo que se abrió un expediente y se notificó a Presidencia del Gobierno. Nunca antes se había hecho algo así contra la segunda autoridad del Estado después del rey.

El instructor se movió dentro de los límites que marca la LOREG para sancionar a Sánchez: de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares. Al final, impuso 500, que el presidente, por cierto, tuvo que pagar de su bolsillo tras intentar evitarlo mediante una serie de recursos en el Tribunal Supremo.

"Es un pitorreo", dice una fuente parlamentaria cuando se le recuerda el caso del líder del PSOE, y por ello, aboga por endurecer los castigos. No opina igual otra fuente que integrará la subcomisión. Cree, en conversación con EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, que no son disuasorias.

Un apunte: mientras no se cambie la ley, publicar encuestas en esos cinco días anteriores a los comicios costaría a la empresa demoscópica entre 3.000 y 30.000 de euros. Aquí, obviamente, la sanción tiene visos de quedar eliminada.

Las dudas por la pandemia

La pandemia desplegó un escenario de anormalidad en todos los órdenes, también en el electoral. Apenas unos días después de la declaración del estado de alarma y de la obligatoriedad del confinamiento domiciliario en marzo de 2020, el presidente gallego y el lehendakari suspendieron mediante sendos decretos los procesos electorales previstos en sus comunidades para el 5 de abril. Hicieron algo tremendamente arriesgado por cuanto en la LOREG nada permite la suspensión de un proceso electoral de manera unilateral. La Junta Electoral Central, la JEC, el órgano que vela por el cumplimiento de la ley, se pronunció para avalar las dos decisiones porque estaban respaldadas por la unidad del arco político. "Urge un cambio legislativo al respecto", sostienen varias fuentes parlamentarias.

Un colegio electoral en las pasadas elecciones en Madrid. EFE

Sin embargo, la sensación de orfandad no acabó, ya que lo que decidieron los gobiernos gallego y vasco fue el aplazamiento de las elecciones, que finalmente tuvieron lugar en julio, en un contexto de incidencia más baja. El debate seguía abierto porque chocaban el derecho al sufragio con la salvaguarda de la salud público. Hubo que disponer de numerosas regulaciones específicas, a través de resoluciones, debido al contexto de excepcionalidad, como los del sufragio para personas mayores, el sufragio por correo o para aquellas personas confinadas por contacto con positivos. La tensión se reprodujo durante las últimas elecciones catalanas, en febrero, e incluso, aunque en menor medida, en las madrileñas del 4 de mayo.

La manera de acabar con esta inseguridad jurídica, procedente del vacío legal, consistiría en añadir una disposición adicional para determinar qué autoridad puede suspender un proceso electoral (algunas fuentes apuntan que dicha potestad debe recaer en la JEC) y concretar lo que hay que hacer en caso de que eso ocurra. Creen las fuentes consultadas que la subcomisión brinda la oportunidad perfecta.

Igual que la brinda para, por fin, dar rango de ley a la necesidad de que haya debates electorales durante el periodo que va desde la convocatoria de comicios hasta la jornada de reflexión, si es que se mantiene, que ése es otro debate. Si los grupos se ponen de acuerdo, se referirían a las televisiones públicas, ya que en las privadas mejor no meterse, argumenta una de las fuentes consultadas. Al menos uno tendría que celebrarse entre los candidatos/as.

En general, por la amplísima LOREG perviven un buen número de ámbitos que se han quedado antiguos. Hablar de publicidad exterior en una época en la que va bajando drásticamente el recurso a las vallas o a los carteles no tiene mucho sentido.

El Congreso se dispone, por tanto, a poner al día la LOREG. Quizá, esta vez, sea una necesidad cumplida.