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Investigación

La partida de mus entre Marchena y Batet

Qué pasó entre el 19 y 21 de octubre para que la presidenta del Congreso aceptara ejecutar al diputado Alberto Rodríguez ante el órdago del presidente de la Sala Segunda del Supremo

El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Manuel Marchena, y la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet.

En la planta baja del Congreso de los Diputados, cuando recorres el pasillo donde tiene su despacho la presidenta, Meritxell Batet, accedes a través de la Sala Rosa a la Sala de Ministros. Allí se celebra todos los martes la reunión de la Mesa del Congreso, o el órgano colegiado que gobierna la actividad del Parlamento. Ese salón es compartido por los miembros de la Mesa y los ministros del Gobierno cuando comparecen o acuden a las sesiones de control de los miércoles.

El martes 19 de octubre de 2021, la Mesa del Congreso examinó la situación del diputado canario de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, condenado en la Sala Segunda del Tribunal Supremo por dar una patada a un policía (delito de atentado), años antes de ser diputado, a una pena de prisión de un mes y 15 días sustituida -al ser inferior a los tres meses mínimos que exige el Código Penal a la penas de prisión- por una multa de 540 euros, con la pena accesoria de inhabilitación para presentarse a elecciones o aspirar a cargos públicos durante 45 días.

La Mesa, por 5 a 3, sin votación formal, consideró que tal como se dejaba constancia ese mismo día en un informe de cuatro folios de los letrados del Congreso, encabezados por su jefe, el secretario general Carlos Gutiérrez Vicén, miembro de la Mesa, no se debía privar a Rodríguez de su acta de diputado.

Estudio detenido

El informe había sido elaborado por iniciativa de los letrados tras un estudio detenido de la sentencia para responder a los escritos del Partido Popular Vox, que solicitaban ejecutar la sentencia cesando de inmediato al diputado.

"En definitiva, de un análisis de la normativa aplicable, interpretado a la luz de los principios constitucionales... no cabe derivar consecuencia extrapenal alguna que afecte a la condición de diputado del señor Rodríguez no concurriendo ni la causa de incompatibilidad sobrevenida... ni ninguno de los supuestos que en aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso comportarían bien la suspensión de los derechos, prerrogativas y deberes del diputado, bien la pérdida de la condición", señalaban los letrados.

Dos días después de afirmarse en la posición de que no cabía quitar el acta de diputado a Rodríguez, la presidenta convocó una reunión de urgencia para debatir el asunto. Tras dos horas largas de intercambio de argumentos, explicó que había cambiado de posición: ahora se encaminaba a privar del acta al diputado. Solicitó, pasadas las cuatro de la tarde, media hora para reflexionar y comunicar su decisión.

Pero en lugar de bajar el pulgar en ese momento, como todos esperaban, la presidenta envió esa misma tarde un oficio al presidente del Tribunal Supremo, Manuel Marchena. Quería saber si ejecutar la sentencia significaba privar del acta al diputado canario.

Batet, pues, tras realizar consultas con su partido, dilató la capitulación ante el presidente de la Sala Segunda con una solicitud de aclaración.

48 horas

Estos días cuando te acercas a la puerta de la Sala de Ministros, tras hablar con unos y con otros, dentro del Congreso, y fuera de él, con magistrados, exmagistrados y fiscales, es posible reconstruir qué pasó dentro de estas paredes en esas 48 horas, entre el martes 19 y el jueves 21.

Tanto la vicepresidenta segunda de la Mesa, Ana Pastor, del PP, como el vicepresidente cuarto, Ignacio Gil Lázaro, de Vox, que han urgido a cesar a Rodríguez a través de sus escritos, plantean el martes 19 la retirada de su condición de diputado. Gil Lázaro señala que el informe de los letrados que se ha repartido no ha sido solicitado por la Mesa y cree que se debe dar como por no presentado al tiempo que, señala, Vox ha pedido el lunes 20 a la Junta Electoral Central (JEC) que prive del acta al diputado canario, y señala que la Mesa no debe resolver sobre el asunto hasta que se pronuncie la JEC. Aunque no lo dice, Vox quiere que la JEC haga lo mismo que con el president Torra. Si no se admite esta petición formal, advierte, no solo estaríamos ante un grave conflicto institucional: sería causa de un ilícito penal en los términos legales de prevaricación.

Gerardo Pisarello, secretario primero, del grupo En Comú Podem, se apoya en el informe de los letrados y en la pena impuesta en la sentencia para rechazar la privación del acta de Rodríguez.

Adolfo Suárez, secretario cuarto, se pregunta si la sustitución por multa altera la naturaleza privativa de libertad de la pena principal, excluyendo la aplicación del artículo 6.2 a) de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg). Afirma que no.

El artículo 6.2 a) al que alude Suárez establece que "son inelegibles los condenados por sentencia firme, a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena".

Es decir: mientras cumpla la pena de prisión, en efecto, el condenado es "inelegible". Pero Rodríguez no cumple pena de prisión. Debe ser inhabilitado, según la sentencia, durante 45 días.

El secretario general explica que si la pérdida de la condición de diputado es una consecuencia penal debería haber sido prevista de forma expresa por el Supremo en la sentencia.

Pista de Batet

Gloria Elizo (Unidas Podemos), vicepresidenta tercera, recuerda que en la pasada legislatura se suspendió a los diputados electos que se encontraban en situación de prisión provisional y que antes se solicitó al Tribunal Supremo aclaración sobre la forma de ejecutar la sentencia y que lejos de colaborar dejó en manos de la Mesa la decisión. Señala que el Supremo no va a tener una respuesta diferente ahora.

Alfonso Rodriguez Gómez de Celis, vicepresidente primero, del PSOE, expresa su posición de apoyo al informe de los letrados.

Batet, por su parte, ya deja una pista sobre lo que está rumiando. Pregunta si la Mesa puede dirigirse al Supremo. El letrado Gutiérrez Vicén indica que nada impediría pedir aclaración al Supremo.

La conclusión sobre los escritos de Vox y del PP, aunque sin someterlo a votación formal, es que, en base al informe elaborado por la secretaría general, no cabe derivar de la sentencia del Supremo consecuencia extra penal alguna que afecte a la condición de diputado de Alberto Rodríguez. No concurre ni la causa de incompatibilidad sobrevenida, ni ninguno de los supuestos que, en aplicación de los artículos 21 y 22 del Reglamento del Congreso, comportarían bien la suspensión de los derechos, prerrogativas y deberes del diputado, bien la pérdida de la condición.

Pero la partida apenas acaba de comenzar...

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