La Fiscalía de Madrid ha pedido al Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid el sobreseimiento provisional y el consiguiente archivo de las actuaciones en el denominado 'caso Plus Ultra' al concluir que "no existen elemento contundentes que permitan cambiar el criterio expuesto" por el Ministerio Público en sus informes anteriores. Ha adoptado esta decisión tras evaluar el último informe pericial aportado a la causa por un equipo de peritos a petición del magistrado instructor.

En un escrito de 25 de octubre, recogido por Europa Press, el Ministerio Fiscal ha explicado que ya el pasado junio declaró que para determinar si la actuación por la que se siguen estas diligencias previas "ha sido o no correcta" y si encaja en alguno de los tipos penales por los que se formula querella era "imprescindible" conocer la normativa y si el expediente íntegro de la concesión de ayuda a la compañía Plus Ultra Líneas Aéreas SL se sujetaba a la misma.

La Fiscalía ha recordado que ya entonces figuraban "dos informes de expertos independientes que con base en la información aportada por registros públicos avalaban la concesión de la ayuda". Y ha destacado que ahora el nuevo informe pericial encargado por la juez ha concluido que "se podría considerar que la compañía Plus Ultra cumpliría con la práctica totalidad de las condiciones establecidas, a pesar del amplio espectro de alguna de las mismas (...) excepto en lo referido a si la sociedad se encontraba, o no, en 'situación de crisis' a fecha 31 de diciembre de 2019".

El Ministerio Público ha subrayado en su escrito que las dudas que sostiene el perito sobre la situación patrimonial de la compañía a dicha fecha se refieren a la existencia de un préstamo participativo, a no haber registrado provisiones, cancelación de la deuda de los bonistas y posible situación de insolvencia.

En este sentido, ha insistido en que el análisis efectuado por el perito "contempla cuatro escenarios posibles, dos de los cuales no permiten colegir que la sociedad estuviera en crisis en la fecha referida, evidenciando así que, al menos en esos casos, se cumplirían la totalidad de las condiciones establecidas".

"Por ello y de acuerdo con lo expuesto, el Ministerio Fiscal se considera instruido en el contenido del informe pericial del que se nos da traslado y mantiene el criterio expuesto con anterioridad", ha señalado.

"Satisfecha"

Este miércoles, la aerolínea ha asegurado en un comunicado que se muestra "satisfecha" con las alegaciones expresadas por la Fiscalía sobre el último peritaje realizado a petición de la juez.

Así, la compañía ha insistido en que el informe de los peritos "no certifica el incumplimiento de ninguno de los requisitos exigidos para poder recibir las ayudas de la SEPI".

La pericial se sumó a la causa en respuesta a la petición realizada por la instructora el pasado 14 de julio. La titular del juzgado reclamó verificar si se cumplían las condiciones establecidas en la propia Orden PCM/679/2020, de 23 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 2020, por el que se establece el funcionamiento del fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas.

La compañía ha asegurado que ha acreditado de "forma íntegra y transparente desde el inicio del proceso en 2020 toda la información y documentación necesaria para seguir los pasos y procesos exigidos para la concesión de la financiación pública de 53 millones de euros que ha recibido".

Actuaciones previas de La Fiscalía

La decisión de la Fiscalía tiene lugar después de que el pasado julio pidiera al juzgado que desbloqueara la segunda parte de la ayuda pública a Plus Ultra en lo relativo al pago de 34 millones de euros concedido por Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE). Aseguró que sin el apoyo estatal la compañía no podría atender sus obligaciones operativas, "teniendo graves dificultades para seguir en funcionamiento".

En el marco del procedimiento, el pasado 9 de agosto el magistrado Jaime Serret --en funciones de guardia-- acordó desbloquear el pago de los 34 millones de euros. El juez consideró que la suspensión de la entrega del préstamo participativo podía "suponer el riesgo de insolvencia definitiva" de la aerolínea, lo que la obligaría a dejar de operar y crearía "un perjuicio a los pasajeros que han pagado por anticipado".