La organización València Acull-Red Acoge solicita dos años y medio de prisión para cada uno de los tres acusados de la agresión racista a una pareja que regentaba una frutería de Benicalap por un delito de odio.

Según ha informado en un comunicado la entidad, que ejerce la acusación particular, los hechos ocurrieron a primera hora del 2 de abril de 2021 cuando tres hombres irrumpieron en la tienda regentada por una persona paquistaní y su compañera valenciana, y comenzaron a tocar la fruta sin intención de comprar.

Cuando se les invitó a salir, empezaron a golpearles, a tirar la mercancía por el suelo y, entre risas, les gritaron frases como "tú estás con el moro, puta guarra"; "calla puta, que folla un moro"; "moro de mierda"; "vete a tu país" o "no vales para nada".

Dos vecinos trataron de detener la agresión y alguien llamó a la Policía. Las víctimas sufrieron múltiples contusiones en diversas partes del cuerpo, de las que ella tardó ocho días en recuperarse y él tres.

La acusación particular considera que toda la actuación fue cometida por motivos racistas (agravante del artículo 22.4 del Código Penal), incluido el ataque contra ella, ya que "padeció discriminación por asociación". Por tanto, solicita dos años y medio de prisión por el delito de lesiones contra la mujer; 900 euros de multa por las lesiones contra el hombre y otros 7.200 euros por el delito de daños.

También se reclama 2.200 euros de indemnización por los daños físicos y morales sufridos, por el valor de la mercancía destruida y por los dos días que tuvo que estar cerrada la frutería tras el ataque.

El fiscal no aplica la agravante a las lesiones sufridas por ella ni a los daños en la tienda

En este caso, el fiscal solo considera que se actuó por motivos racistas en el ataque contra el hombre, de origen paquistaní, y no aplica la agravante a las lesiones sufridas por ella ni a los daños que provocaron en la tienda.

Por este motivo, la acusación pública pide también los 900 euros de multa por el delito leve de lesiones contra el hombre, pero rebaja a 18 meses de multa por los daños y a dos años de prisión por el delito de lesiones contra la mujer. Tampoco solicita indemnización por los daños morales ni por los dos días de cierre, y disminuye la cantidad solicitada por los daños físicos a las víctimas.