La Audiencia de Alicante ha saldado con penas de prisión la trama de las basuras de Calp, una pieza separada del caso Brugal, para cinco de los ocho acusados. La Sección Segunda ha visto probado que representantes municipales de la corporación calpina recibieron sobornos del empresario Ángel Fenoll. El dinero era una contraprestación recibida a cambio de beneficiarle y no ejercer ningún sistema de vigilancia sobre el correcto funcionamiento de la contrata durante cerca de doce años, entre 1999 y 2011. 

Entre los acusados se encuentran el empresario Ángel Fenoll; el ex alcalde de Calp Javier Morató; y los ex ediles de Hacienda y Playas, Fernando Penella y Juan Roselló, quien también era diputado provincial; así como el cuñado de este último, Francisco Artacho, que habría actuado como intermediario entre el empresario y los representantes municipales.

El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, impone penas que suman dos años y medio de cárcel y otros trece de inhabilitación para los tres representantes políticos por delitos de cohecho, prevaricación y fraude a la Administración; mientras que para Ángel Fenoll y Artacho se imponen dos años de cárcel como inductores de esos delitos. El tribunal les aplica una atenuante por dilaciones indebidas, al valorar los años de tramitación de la macrocausa.

La sentencia considera probado que entre todos los representantes municipales recibieron hasta 100 millones de las antiguas pesetas (más de 600.000 euros), cantidades a las que hay que sumar otros quince millones de pesetas que se destinaron al Calpe Club de Fútbol. La sentencia ve probado aunque no se ha podido acreditar que otras autoridades municipales, funcionarios u otros cargos electos pudieran haber percibido parte de ese dinero.

Grabaciones de Fenoll

La principal prueba del cobro de estas comisiones son las cintas de vídeo intervenidas al propio Ángel Fenoll durante el registro llevado a cabo por la Policía en el inicio del llamado caso Brugal. Esta macrocausa de corrupción comenzó investigando una presunta trama de sobornos en el Ayuntamiento de Orihuela para la adjudicación del servicio de recogida de basuras. Los pinchazos telefónicos al empresario comenzaron a desvelar la existencia de otras posibles irregularidades, formándose hasta una veintena de piezas separadas.

Las cintas intervenidas a Fenoll acreditan para el tribunal que en dos reuniones celebradas en Calp y en un conocido hotel de Alicante se alcanzó un pacto para adjudicar al industrial de la Vega Baja el servicio, a cambio de comisiones. Aunque la sentencia no puede acreditar qué cantidades concretas recibió cada uno de los políticos, sí ve probado que las cantidades se pagaron y se percibieron.

El fallo destaca que a cambio del dinero no se arbitró ningún sistema de vigilancia sobre el correcto funcionamiento de la planta de tratamiento. "Los importantes beneficios económicos para el contratista se destinaban en parte al pago de las comisiones" señala la sentencia. La corporación pagaba a la empresa por cada tonelada de basura llevada a la planta. Las conversaciones apuntan a que la planta de Calp no sería rentable por debajo de las 100 toneladas recogidas y tratadas. Las acusaciones cifran el fraude en más de cuatro millones, aunque la mercantil pretendía cobrar cerca de doce.

Ampliación de contrato ilegal

Una de las vías por las que se trató de beneficiar a Fenoll fue una ampliación del contrato para que "la recogida y tratamiento de las algas que quedaran depositadas por acción de la naturaleza en las playas de Calp, solicitada verbalmente por Angel Fenoll", una ampliación que se hizo sin el amparo de ningún informe técnico. El funcionario encargado del control de la contrata, ni siquiera fue consultado, "posiblemente por conocer su postura contraria a la ampliación" apostilla la resolución. Según el fallo, dicha ampliación se llevó a cabo sin seguir los trámites legales y sin que se justificara la existencia de un interés general.

Ángel Fenoll en las inmediaciones del Palacio de Justicia en una de las sesiones del juicio. Pilar Cortés

Durante el juicio se aportaron numerosos informes periciales relativos a intentar a acreditar la existencia de pesaje sobredimensionados en la planta de Calp. Sin embargo, aunque la sentencia admite que se inflaron pesajes, "la prueba documental relativa a los tickets de pesaje brilla por su ausencia y sin esos documentos la abundante prueba pericial practicada es quimérica a efectos penales. Todas y cada una de ellas se basan en estimaciones sobre consumos de agua, habitantes censados y estacionales en un municipio turístico como es Calp". La resolución añade que “ninguna de estas pruebas se basa en los datos documentales objetivos que deberían obrar en las actuaciones y que no se han traído a la causa pues (…) no constan la mayoría de las facturas físicas, no los tickets de pesaje". Por todo ello, la Audiencia no puede concluir que se facturara al Ayuntamiento por servicios no prestados y absuelve a los acusados del delito de malversación de caudales públicos que se les imputaba. Al no estar acreditada la cantidad, la sala concluye que no se puede estimar la indemnización que debe percibir el Ayuntamiento.

Blanqueo no probado

El fallo absuelve también al exdiputado provincial Juan Roselló y a su mujer Amparo Femenia del delito de blanqueo de capitales. La Fiscalía les acusaba de haber usado las comisiones percibidas en la compra de una finca por la que pagaron 312.000 euros. El tribunal subraya que las investigaciones sobre el patrimonio del matrimonio no había valorado los ingresos que la mercantil Viajes Romar, a nombre de la mujer, obtenía por la gestión de 150 viviendas que se usaban para alquiler turísticos, ni otros ingresos percibidos por el matrimonio, por lo que la adquisición de la finca no es un suceso extraño, ni extraordinario en la actividad comercial y patrimonial de ambos.

Femenia es una de las tres personas absueltas en la sentencia. Otro de los exonerados es el técnico Juan Cervantes, a quien correspondía el control de la contrata. La sentencia asegura que no hay ninguna prueba que permita concluir que hubiera percibido cantidad alguna por parte de Ángel Fenoll. Este acusado aseguró en el juicio que llevaba alertando de irregularidades en el servicio desde el año 2003.

El tercer absuelto es el hijo del empresario Ángel Fenoll, Antonio Ángel, de quien los magistrados consideran que no hay pruebas de su participación y que su papel se limitó a ser el de un mero empleado de la mercantil de su padre.

Tras casi un año desde el final del juicio, la Audiencia notificó una sentencia de más de 180 folios a última hora de la mañana de este lunes. En la resolución, la magistrada ponente, Cristina Costa, incide en que no se han puesto las medidas de refuerzo que solicitó para poder centrarse en la resolución.

El exdiputado provincial y ex edil de Calp, Javier Roselló, con su abogado, a su izquierda. ÁLEX DOMÍNGUEZ

El fallo valida el registro en la finca de Fenoll

La sentencia de la trama de las basuras de Calp no entra a valorar la resolución dictada por la Audiencia en Elche y en el que se declaraba nula toda la investigación que dio inicio al caso Brugal. El fallo desestima una buena parte de las peticiones de nulidad de la causa que plantearon las defensas al inicio del juicio. Solo admite la nulidad de las escuchas interceptadas a Antonio Ángel Fenoll, hijo del principal encausado. La sentencia de Calp rechaza anular el registro a la finca de Fenoll, donde se intervinieron las grabaciones que han dado origen a esta pieza separada. La defensa del industrial de la Vega Baja aseguraba que ese auto de entrada y registro fue declarado nulo por el tribunal de Elche. «Sin entrar en lo resuelto en la sentencia no firme de la Sección Séptima, que por cierto no fue declarado nulo por ese tribunal, lo que resulta de las actuaciones es que el juzgado dictó un auto que no puede reputarse como inmotivado». Del mismo modo, la Audiencia ha rechazado anular el auto por el que se acordó la intervención del teléfono de Ángel Fenoll, validando la primera resolución judicial y descartando la existencia de investigación prospectiva al empresario.

La pieza por la contrata de las basuras de Orihuela que fue tumbada por la Audiencia en Elche está en estos momentos recurrida ante el Tribunal Supremo, donde se ha admitido a trámite la petición de la Fiscalía Anticorrupción de anular el juicio y ordenar la repetición de uno nuevo. En el Supremo también está pendiente otro recurso por la sentencia de la pieza de Brugal relativa al Plan General de Alicante. En Elche, está pendiente también la sentencia por las irregularidades del Plan Zonal de la Vega Baja. J. A. M.