Asuntos en casación
El Supremo estudiará esta semana cómo aplica la amnistía a los otros juzgados por el 'procés'
El alto tribunal tiene que pronunciarse sobre la medida de gracia en la absolución de Torrent, la condena de Meritxell Serret y si elimina los antecedentes de pena de los condenados que ya cumplieron su pena

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo. / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Los magistrados del Tribunal Supremo volverán a reunirse esta semana para resolver cómo aplican la amnistía a otros juzgados por el 'procés', cuya condena o absolución fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) estaba previsto que revisaran en casación. También se pronunciarán sobre si procede borrar los antecedentes penales de los líderes independentistas que condenó por el 1-O y que ya han cumplido íntegramente la pena.
La Sala Segunda se reunirá el miércoles para resolver un total de seis recursos que estaban en sus manos. Uno de ellos es la absolución del expresidente del Parlament Roger Torrent y de los miembros de la Mesa de la Cámara bajo su presidencia, que en su día fue recurrida por la fiscalía para tratar de buscar su condena por desobediencia. Como las circunstancias han cambiado, el ministerio público ahora pide al alto tribunal que le aplique la amnistía y zanje definitivamente el asunto.
También revisará las condenas a cuatro meses de inhabilitación de los miembros de la Mesa del Parlament bajo la presidencia de Carme Forcadell y de la 'exconsellera' Meritxell Serret, a la que impuso un año de inhabilitación por desobediencia. El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha levantado la orden de detención que pesaba sobre la secretaria general de ERC, Marta Rovira, al estar solo procesada en rebeldía por desobediencia y entender que la ley, a diferencia del de malversación, incluye ese delito sin género de dudas.
No obstante, ante las sospechas de inconstitucionalidad que en el alto tribunal consideran que plantea la norma para "al menos la mitad" de la población, lo esperado es que acabe planteando una cuestión de inconstitucionalidad ante el único capaz de determinar el ajuste de una norma a la Carta Magna: el Tribunal Constitucional. De ahí que tanto el magistrado como la Sala Segunda abrieran un plazo de 10 días para que las partes se pronunciaran al respecto en los autos en los que rechazaban aplicar la amnistía al delito de malversación.
De ser así, según las fuentes jurídicas consultadas por EL PERIÓDICO, eso supondrá no borrar, al menos de momento, los antecedentes penales de los condenados por el 'procés' en octubre de 2019 que con la derogación de la sedición vieron cómo sus condenas se reducían sensiblemente y hasta se les daba por cumplida.
Se trata de los que eran dirigentes de las entidades soberanistas Assemblea Nacional Catalana y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente a los que la reforma que se realizó en el Código Penal supuso que solo fueran condenados por desórdenes públicos; pero también de la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y los 'exconsellers' Josep Rull y Joaquim Forn, para los que la derogación de la sedición significó ser solo condenados por desobediencia. En la propia sentencia de octubre de 2019 se condenaba por desobediencia a Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó.
Todos ellos, a diferencia de los condenados por malversación -el expresidente de ERC, Oriol Junqueras, y los 'exconsellers' Dolors Bassa, Raül Romeva y Jordi Turull, que aún tienen pendiente de cumplimiento las penas de inhabilitación-, ya han cumplido las penas que se les impusieron, por lo que la amnistía en su caso solo puede suponer la cancelación de los antecedentes penales. Como la Sala Segunda y el juez Pablo Llarena rechazaron aplicar la amnistía a los condenados y procesados en rebeldía por malversación, no se levantó la orden de detención que aún pesa sobre el expresidente catalán Carles Puigdemont.
Desórdenes públicos
Además de los recursos de las Mesas del Parlament y de Serret, el Supremo tiene que resolver otros tres recursos de casación relacionados con el 'procés'. Uno es el del exalcalde de Sabadell Matíes Secarrant (de Crida per Sabadell), condenado a multa por un delito de desobediencia grave al haber facilitado el referéndum ilegal del 1-O.
También revisará la condena a año y medido de un joven que participó en las protestas contra la sentencia del 'procés' en octubre de 2019. La Audiencia Provincial de Barcelona le condenó a 4 años y 1 mes de prisión, pero el TSJC le rebajó la pena al absolverle del delito de atentado contra la autoridad y dejar solo el de desórdenes públicos agravados.
El tercer recurso es el de otros dos manifestantes, condenados a año y medio de cárcel por desórdenes públicos agravados, al ser declarados culpables de lanzar piedras contra los juzgados en protesta por la sentencia.
Fuente: El Periódico
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