García Ortiz, imputado
El fiscal general declara como imputado después de que el Supremo descarte que su "patrón de conducta" justifique su cese
Será interrogado sobre los pormenores de la filtración del acuerdo que la defensa del novio de Isabel Díaz Ayuso hizo a la Fiscalía para atemperar la denuncia contra él por fraude a Hacienda

Félix Bolaños, ministro de Presidencia, junto al Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, y Secretario de Estado de Justicia, Manuel Olmedo, en el acto de entrega de los despachos a la XLV promoción del Turno Libertad de Letrados de la Admon. de Justicia / JOSÉ LUIS ROCA
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo encara un día histórico con la declaración en calidad de investigado del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Será interrogado por una presunta revelación de secretos en la causa en la que el magistrado instructor Ángel Hurtado pretende aclarar la procedencia de la filtración de un correo electrónico con el que la defensa de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, ofrecía un pacto para moderar las consecuencias de la denuncia que la Fiscalía había presentado contra él por fraude a Hacienda.
La cita era conocida desde hace un par de semanas, pero el interrogatorio se va a desarrollar justo un día después de que otra sala del alto tribunal, la de lo Contencioso-Administrativo, haya rechazado anular la renovación del nombramiento de García Ortiz realizado por el Gobierno en diciembre de 2023. Para llegar esta conclusión, cinco magistrados han descartado que debiera tenerse en cuenta el "patrón de conducta" desarrollado por García Ortiz en el ejercicio de este cargo que según una asociación minoritaria de fiscales debería justificar su cese.
Se trata de dos cuestiones, la penal y la contenciosa, totalmente independientes, si bien este miércoles la cita ante el juez Hurtado sería bien diferente si la demanda hubiera prosperado y el acuerdo del Consejo de Ministros que permitió a García Ortiz continuar siendo fiscal general con el actual Gobierno de Pedro Sánchez hubiera sido anulado.
Ninguna de las actuaciones denunciadas como arbitrarias y sometidas a los intereses del Gobierno que se denunciaron han servido para removerle del cargo, pues a juicio del Supremo no revelan un incumplimiento grave de sus funciones constitucionales. Por su parte, el fiscal general nunca se ha planteado dimitir pese a las reiteradas peticiones de parte de la carrera y los partidos de la oposición, y su imputación en una causa penal no ha modificado esta postura.
Declaración relevante
La investigación penal a la que García Ortiz se ve ahora sometido pone el foco en la presunta filtración del un correo electrónico sobre el pacto que el abogado del empresario, Carlos Neira, pretendía alcanzar con la Fiscalía, que incluía el reconocimiento expreso de dos delitos tributarios.
En su contra existen testimonios como el prestado ante el Supremo el pasado 16 de enero por la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, quien preguntó al propio fiscal general "¿Has filtrado tú?" la mañana del 14 de marzo de 2024, cuando ambos trataban la publicación de una nota de prensa que saliera a desmentir la información que atribuía la iniciativa del pacto al Ministerio Público. Así lo manifestó en el Supremo, para añadir que García Ortiz, lejos de negárselo respondió: "Eso ahora no importa".
También pesa contra el fiscal general el hecho de que la investigación revelara que el fiscal general borró los mensajes de su teléfono móvil correspondientes a las fechas en las que pudieron filtrarse los e-mails que centran la investigación, alegando la existencia de un protocolo de seguridad. Por su parte, la defensa de Ortiz, que ejerce la Abogacía del Estado, argumenta que los correos intercambiados entre la defensa del empresario y la Fiscalía no eran más que "conversaciones preliminares" no protegidas por el secreto.
Stampa y el 'solo sí es sí'
Lo único bueno para el fiscal general de cara a su declaración ante el juez Hurtado es que acude a la cita con un respaldo a su actuación al frente del ministerio público que probablemente no se esperaba. La sentencia de la Sala de lo Contencioso no ve problema de legitimidad en García Ortiz por la supuesta prolongación de la investigación abierta al fiscal Ignacio Stampa para no renovarle en Anticorrupción y por dar la orden de archivar ciertas causas abiertas contra jefes etarras, ya que se produjeron mientras era jefe de la Secretaría Técnica y no durante su primer mandato como fiscal general.
Para el Supremo, además, la Instrucción que García Ortiz dictó para que los fiscales aplicaran la ley del 'sólo sí es sí' no puede considerarse un “incumplimiento grave” de sus funciones, aunque “sus criterios no fuesen asumidos enteramente -pero sí en gran medida- por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”. Tampoco pueden entenderse motivo de una solución tan drástica como es e cese la existencia de discrepancias en el seno del ministerio público en relación con Tsunami Democràtic.
Igualmente,e no se le puede reprochar, según el Supremo que el Consejo Fiscal no informar sobre la ley de amnistía, porque “difícilmente el fiscal general puede incumplir de forma grave o reiterada su función de presidir” y dirigirlo “por no asumir una iniciativa para la que no se tiene competencia”, señala la resolución, que usa un criterio similar para criticar a García Ortiz, porque no saliera a defender a los jueces, porque ello corresponde al CGPJ.
Ni siquiera ve motivo para expulsarle por la anulación del ascenso a la máxima categoría de la carrera de Dolores Delgado por “desviación de poder”, porque, señala el Supremo, "mutatis mutandi, la anulación de una sentencia en amparo, casación o apelación, no implica la inidoneidad del juez o tribunal que la hubiere dictado, ni la declaración de inconstitucionalidad de una ley implica la inidoneidad para ejercer la potestad legislativa”. Pese a todos estos avales, no puede olvidarse que la cuestión que enfrenta este miércoles el fiscal general en el Supremo es de carácter penal, y de ser juzgado y condenado se enfrenta a penas de cárcel e inhabilitación.
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