Investigación
La jueza del caso del hermano de Pedro Sánchez: "Todo parece indicar que el puesto se creó para asignárselo a él"
La titular del juzgado de instrucción nº 3 de Badajoz rechaza sobreseer la causa contra el líder del PSOE de Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, y cinco cargos de la diputación de Badajoz
Según su criterio, "los indicios de criminalidad existentes se han ido corroborando por las diligencias de investigación ya practicadas"

David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno en un acto en Badajoz. / Santi García
A. Cid de Rivera
La titular del juzgado de instrucción nº 3 de Badajoz, que investiga el caso de David Sánchez, hermano de Pedro Sánchez, ha decidido en un uto hecho público este miércoles no atender a la petición de sobreseimiento solicitada por las defensa del presidente de la Diputación de Badajoz y líder de los socialisats extremeños, Miguel Ángel Gallardo, y de otros cinco cargos de la institución provincial: Juana Cinta Calderón, Elisa Moriano, Francisco Martos, Manuel Candalija y Emilia Parejo. La magistrada Beatriz Biezma señala en sus escrito al que ha tenido acceso este periódico que ha decidido practicar más diligencias y al término de las mismas será cuando se decida si procede o no la continuación del procedimiento. Según señala en el auto de respuesta a las distintas peticiones presentadas, no se justifica la necesidad de que el puesto lo fuera de personal de alta dirección cuando según la doctrina y jurisprudencia su uso debe ser restrictivo y debe motivarse siempre. Además, añade, la petición de cobertura del puesto se realizó en el momento en que David Sánchez estaba buscando trabajo, encontrándose igualmente irregularidades en el proceso de selección de los candidatos. Según su criterio, “todo parece indicar que el puesto se creó para ser asignado al Sr. Sánchez”, haciéndose patente la innecesaridad de sus funciones muy pronto, "pues no se dispuso que fuera sustituido por otro trabajador durante su excedencia y su baja de paternidad, y su actividad se centró en el Proyecto Ópera Joven”.
Este argumento lo esgrime la jueza Beatriz Biedma en respuesta a la solicitud de sobreseimiento presentada por Elisa Moriano, directora del área de Cultura de la Diputación de Badajoz en 2016. Según indica la jueza, fue Elisa Moriano la que firmó la modificación de la RPT en lo referente al puesto de coordinador de Conservatorios ante la necesidad de coordinación en la dirección de los mismos. También formó parte de la comisión asesora de provisión del puesto y participó en la valoración de méritos y las entrevistas de los aspirantes. Todo ello, aduce, "constituirían formas de participación en la comisión delictiva (inducción o cooperación necesaria) pues puede tener lugar el delito de prevaricación adminisrativa cometido por uno o varios funcionarios públicos (...) y también por la autoridad que finalnente dicta la resolución prevaricatoria".
En el caso de Juana Cintas Calderón, directora del áea de recursos humanos, la jueza tampoco atiende solicitud de sobreseimiento dado que participó activamente en el procedimiento de creación del puesto de trabajo de coordinador de actividades de los dos conservatoris, así como en el denominado "cambio de nomenclatura" del puesto a Jefe de la Oficina de Artes Escénicas. Formó parte de la comión técnica de la nueva RTP y de la mesa general de negociación y emitió informe de legalidad de la modificación del puesto de trabajo. La titular del juzgado nº 3 de Badajoz señala que "de las diligencias de investigación practicadas se deriva la participación de la investigada en los hechos objeto de este procedimiento, participación consistente en darle apariencia de legalidad al procedimiento administrativo que tenía como finalidad el nombramiento del Sr. Sánchez como Personal de Alta Dirección y la acomodación posterior de su puesto de trabajo a sus preferencias personales". Para la jueza, "debe distinguirse entre la “discrecionalidad “ que puede amparar determinadas actuaciones de la Administración Pública y la “arbitrariedad”, constitutiva esta última de delito de prevaricación". Para ella, el denominado “Cambio de Nomenclatura” parece ser que pretendía dar apariencia de legalidad a una realidad clamorosa consistente en el que el “Coordinador de las Actividades de los Conservatorios” ya no realizaba ninguna de las funciones contenidas en su contrato de Alta Dirección de julio de 2017.
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