COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN
El Consejo de Estado avala que Pedro Sánchez no comparezca en la Asamblea de Madrid
La sesión final de la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid, dedicada a los programas de la esposa de Sánchez, Begoña Gómez, en la Universidad Complutense, se suspendió el 19 de febrero

El Consejo de Estado avala que Pedro Sánchez no comparezca en la Asamblea de Madrid / EFE
Víctor Rodríguez
Ya hay respuesta del Consejo de Estado y es la que se preveía. La Mesa de la Asamblea de Madrid había remitido un escrito al órgano consultivo para que se pronunciara sobre la obligatoriedad o no de Pedro Sánchez de acudir a la comisión de investigación creada en el parlamento autonómico sobre presuntas irregularidades y trato de favor "en el funcionamiento de los programas de cátedras y postgrados de la Universidad Complutense de Madrid", particularmente dirigida hacia las actividades de la esposa del presidente, Begoña Gómez. Y el Consejo de Estado ha contestado que no: ni como presidente del Gobierno ni como esposo de Gómez está obligado a acudir.
El dictamen, coincidente con pronunciamientos anteriores del órgano en relación con la presencia del presidente del Gobierno ante parlamentos autonómicos, se recibió en la Asamblea la semana pasada y en él el Consejo de Estado es claro. La comisión de investigación creada en la Asamblea de Madrid, se puede leer en el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, "no puede controlar la actuación del presidente del Gobierno de la nación en dicho asunto ni requerirle para que comparezca en su condición de tal o como cónyuge de la codirectora de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid".
El informe apunta al propio reglamento de la Asamblea de Madrid, que en relación con las comparecencias en comisiones de investigación distingue entre "requerimientos" y "solicitudes". Los primeros, que sí generan una obligación de asistencia, solo pueden dirigirse a funcionarios y agentes de la Administración que es objeto del control parlamentario a través de la comisión en cuestión. Es decir, de la Administración regional. Las "solicitudes" o invitación de comparecencia, que se pueden dirigir "a cualesquiera otras personas", carecen "de todo efecto vinculante".
Señala el Consejo de Estado que la comisión de investigación autonómica carece de potestad para controlar la actuación del presidente del Gobierno, función que, en cualquier caso, "corresponde a las Cortes Generales". Asimismo, tampoco en su condición de cónyuge de Gómez, puede ser "requerido" Sánchez. Los requerimientos, insiste el documento, "solo pueden ser dirigidos a las autoridades y funcionarios de la Comunidad de Madrid".
"A las demás personas", se añade, "únicamente cabe cursarles una invitación de comparecencia que no genera una obligación para el invitado ni, en caso de no ser atendida, debe producir consecuencias jurídicas de ninguna clase".
La solicitud de consulta al Consejo de Estado había sido formulada por Vox y apoyada por el PP, si bien se preveía el sentido de la respuesta por dictámenes previos. La sesión final de la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid, dedicada a los programas de la esposa de Sánchez, Begoña Gómez, en la Universidad Complutense, se suspendió el 19 de febrero hasta que el Consejo de Estado aclarase si Sánchez debía comparecer, o no, en la comisión. El Gobierno ya había confirmado previamente que Sánchez no acudiría a la comparecencia, apelando a pronunciamientos previos del Consejo de Estado que eximen al presidente de acudir a las citaciones de los parlamentos autonómicos. Según el plan de trabajo de la propia comisión ya no quedaba ninguna sesión, de forma que el órgano de gobierno de la misma tendrá que decidir ahora si procede ya a su cierre.
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