Tribunales
La fiscalía no se opone a la suspensión del ingreso en la cárcel de Laura Borràs hasta que se tramite el indulto
El ministerio público si que requiere que se cumpla el resto de la condena: 13 años de inhabilitación y el pago de una multa de 36.000 euors

La presidenta de Junts, Laura Borràs. / EP
La Fiscalía Superior de Catalunya no se opone a que le suspenda a la expresidenta del Parlament y de Junts Laura Borràs su ingreso en prisión hasta no se resuelva la propuesta de indulto que efectuó en su sentencia el tribunal que le condenó a cuatro años y medio de prisión, según el escrito remitido al Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC). El ministerio público precisa que esta postura tiene como "finalidad evitar posibles perjuicios" a la dirigente independentista si el Gobierno concediera al final la medida de gracia. Eso sí, esta suspensión está condicionada a que los magistrados del TSJC eleve al Ejecutivo de Pedro Sánchez la petición de indulto acordada.
En el mismo escrito, la fiscalía recuerda que la sentencia contra Borràs limitaba el indulto a la pena privativa de libertad, por lo que solicita que al TSJC que proceda al cumplimiento del resto de la condena, es decir los 13 años de inhabilitación y la multa de 36.000 euros. La expresidenta de Junts fue declarada culpable por adjudicar contratos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC), entre 2013 y 2018. El Tribunal Supremo confirmó a principios del mes de febrero la pena impuesta a la política independentista y se abrió el periodo de ejecución de la sentencia, tras declarar su firmeza y no poder presentarse más recursos.
Indulto sin nombrarlo
El alto tribunal catalán solicitó, en este sentido, opinión a las partes personadas en el proceso judicial. Borràs pidió el 26 de febrero al TSJC que suspendiera su condena de cuatro años y medio de cárcel. Y aunque su abogado Gonzalo Boye no cita expresamente la palabra indulto, sí lo hacía de forma velada. En el breve texto enviado al tribunal, el letrado reclamaba que se dejara sin efecto la ejecución de la pena privativa de libertad y que se "proceda a ejecutar" lo previsto en el artículo 5.3 de la sentencia de marzo de 2023. Justamente, este precepto proponía al Gobierno que se aplicara esta medida de gracia de forma parcial (rebajar la pena a dos años) para que la dirigente de Junts no ingresara en un centro penitenciario. La fiscalía no se ha opuesto ahora a esta petición y deberá ser el TSJC el que resuelva si eleva o no al Gobierno la petición de indulto.
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