En Barcelona

El Supremo rebaja la pena a una secretaria judicial que dictó un auto para ocultar a su jueza sus sanciones por un ciclomotor

La letrada de la Administración de Justicia acordó una inhibición para que no se investigara en su juzgado el procedimiento que se le había abierto por circular sin haber pasado la ITV

Ciutat de la Justícia de Barcelona

Ciutat de la Justícia de Barcelona / Jordi Otix / EPC

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

El Tribunal Supremo ha rebajado en un año y tres meses la pena de prisión impuesta a una letrada de la Administración de Justicia (LAJ, antes secretaria judicial) que dictó un auto de inhibición -para lo que no tiene competencias- con el fin de evitar que la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona en el que estaba destinada conociera el procedimiento que tenía abierto por circular por Cádiz con un ciclomotor que no había pasado la ITV.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, explica la rebaja de tres años a 1 año y 9 meses de cárcel -pero que le mantiene la multa de seis meses con cuota diaria de 10 euros-, en que dictó el auto de inhibición que ponía fin al procedimiento valiéndose de su cargo, pero no en su condición de LAJ. El razonamiento judicial se basa en que entre sus funciones "no consta que estuviese la de controlar asistencias o dar cuenta de ellas, ni la de autorizar el tipo de documentos a los que se achaca falsedad". Para el alto tribunal "queda claro que intervino aprovechándose de su condición de funcionario público", pero no como tal "podía cometer esa falsedad", porque no estaba entre sus competencias, al poder solo dictarlo un juez o magistrado.

La Audiencia Provincial de Barcelona declaró probado, y luego lo ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), que solo rebajó la multa de 12 a 10 euros al día, que en octubre de 2016 la LAJ redactó "un auto de inhibición a través de la forma de 'auto que pone fin al procedimiento', lo que determinó que la referida resolución fuera numerada y el original se incorporara al legajo de autos definitivos que se siguen en dicho juzgado sin la preceptiva firma del titular del órgano judicial", que ignoraba todo.

La secretaria judicial trataba de esta forma de ocultar a la titular de su juzgado el auto que acordaba la acumulación de los procedimientos abiertos por conducir sin haber pasado la ITV y los remitió al que ella estaba destinada. La sentencia señala que la resolución fue incorporada "al recurso en trámite a través de testimonio expedido bajo la fe pública judicial que ostentaba en su condición de letrada de la Administración de Justicia, salvando así la necesidad de que la citada resolución fuera firmada por la titular del órgano judicial".

Falsedad

De ahí que el Supremo no dude de que actuó con dolo y que cometió un delito de falsedad, porque "no de otra manera se puede actuar como lo hizo, lo que descarta la comisión por imprudencia que se plantea también". Añade que "debió abstenerse en el caso y abstraerse de cómo actuó a espaldas de la magistrada [...] para dar curso al procedimiento a sus espaldas, de lo que esta acabó conociendo cuando el magistrado que reclamó el caso se lo comunicó".

La condenada había interpuesto un recurso contencioso administrativo contra las sanciones que le correspondían y acabó por reparto en su juzgado. En vez de informar a la jueza y haberse abstenido de participar, admitió su propia impugnación, compareció ante sí misma, como recurrente y como secretaria judicial. Hasta hizo la minuta de admisión de su recurso, apoderó a su abogado, admitó el recurso por decreto, se le notificó por autocomparecencia, acumuló las dos sanciones y testimonió el auto falso. Además, presentó escrito de desistimiento, que dictó ella misma, y se autonotificó a la vez que procedía a archivar las actuaciones. La mujer también fue sancionada disciplinariamente.

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