En un auto

El Supremo permite una acusación más en la causa contra el fiscal general y se salta la regla general de unificarlas

El juez Hurtado rechaza unificar la acción popular y acepta la personación de Hazte Oír, aunque en su caso actuará junto con Foro Libertad y Alternativa

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, durante su comparecencia en el Senado.

Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado, durante su comparecencia en el Senado. / José Luis Roca

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

El juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado sigue decidido a no seguir la regla general que se ha establecido en los procedimientos judiciales de unificar a las acusaciones populares bajo una única dirección letrada para agilizar la tramitación y evitar dilaciones. Acaba de aceptar una acción popular más, la que ejercerá la organización provida Hazte Oír, en la causa en la que investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por la presunta revelación de datos de la pareja de la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

En el caso de Hazte Oír, el magistrado ha acordado que a diferencia del resto de acusaciones actúe junto a una de las que ya lo estaban: Fundación Foro Libertad y Alternativa. Las otras tres acusaciones populares personadas, el Colegio de la Abogacía de Madrid, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales y el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, mantendrán su personación por separado y de manera individualizada con su propia defensa y representación. A ellas hay que sumar la acusación particular que ejerce el empresario Alberto González Amador.

En un principio el instructor de la causa seguida contra el fiscal general rechazó la personación de Hazte Oír, pero la Sala de lo Penal le dio la razón al rechazar también un recurso de la otra imputada en el procedimiento, la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, que instaba a que se procediese a unificar a todas las acusaciones, como se ha hecho en el caso Begoña Gómez o en el de Koldo tanto en la Audiencia Nacional como en el propio Supremo.

"El que se haya dado entrada a una acusación popular más, no hace variar las razones que se sopesaron para mantener por separado la presencia de las cuatro iniciales acusaciones, más, cuando no considera este magistrado que su actuación en la presente causa haya distorsionado la marcha de la instrucción", explica Hurtado, que insiste en que "la regla de unificación tenía su razón de ser en la evitación de eventuales dilaciones si hay una pluralidad de acusaciones, con intereses convergentes y cuya razón básica de su personación es el interés común y general para el esclarecimiento de los hechos".

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