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Recurso de amparo

Santos Cerdán se dirige al TC para que corrija al Supremo y le deje en libertad

Argumenta que el alto tribunal le mantiene preso al atribuirle la dirección de la presunta trama de corrupción investigada sin prueba alguna para tratar de hacerle confesar, lo que es inconstitucional

Santos Cerdán llega al Tribunal Supremo.

Santos Cerdán llega al Tribunal Supremo. / José Luis Roca

La defensa del expolítico socialista Santos Cerdán se ha dirigido al Tribunal Constitucional con la esperanza de que corrija al Tribunal Supremo y decrete su puesta en libertad. Tras el revés que supuso que la Sala de lo Penal ratificara la decisión del juez Leopoldo Puente, los abogados Jacobo Teijelo y Benet Salellas, argumentan que el alto tribunal vulnera los derechos del exnúmero tres del PSOE al atribuirle la dirección de la presunta trama de corrupción investigada sin aportar pruebas y justificar su permanencia en prisión en el riesgo de que las destruya y obstaculice la investigación.

La defensa "disiente frontalmente" de la alegación del Supremo para mantenerle preso y considera que en realidad obedece a que lo que se pretende es que sea él quien aporte las pruebas que considere necesarias en su descargo o que confiese por el encarcelamiento lo que es inconstitucional. Señala que al analizar "la posibilidad de Cerdán de influir en testigos, o de destruir documentación relevante o de ocultar supuestos patrimonios, tanto el auto del instructor como el de la Sala de lo Penal" están "del todo huérfanos de motivación". Ninguna de esas resoluciones supera, según los letrados, "un mínimo test riguroso respecto la necesidad de concretar el riesgo existente respecto" a que Cerdán altere o destruya pruebas.

El recurso de amparo, de 25 páginas, afirma que "lo que viene a decir de manera directa el Supremo es que la carga de la ausencia de pruebas que en este momento adolece la imputación del señor Cerdán recae" sobre él mismo "y que por ello se justifica su encarcelamiento preventivo", cuando, "afortunadamente, en nuestro sistema constitucional, esta no es una finalidad legítima de la prisión preventiva, ya que supone una flagrante vulneración al derecho a la presunción de inocencia, al derecho a no incriminarse y es contrario al derecho a la integridad moral y en definitiva a la dignidad de la persona".

El escrito afirma que mantener presos a personas con la esperanza de que declaren es contrario a las recomendaciones que el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradante elevó en 2009 a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, para que los Estados renunciaran a esta práctica por ser "una flagrante vulneración a la prohibición de atentar contra la integridad moral y la dignidad de la persona". Argumenta lo ocurrido con el comisionista Víctor de Aldama, que quedó en libertad "en el momento que proporcionó el material investigador", y de ahí pasa a afirmar que "idéntica e ilícita estrategia procesal se está usando" con Cerdán, lo que "resulta del todo inadmisible" en el Estado de derecho.

"Este Tribunal Constitucional ha sido especialmente contundente en sancionar decisiones de juzgados de instrucción que hacían uso de la prisión preventiva buscando satisfacer otras finalidades no constitucionalmente admisibles, tales como una anticipación de la pena, para impulsar la instrucción, sofocar una alarma social o presionar al investigado para que aporte pruebas de su culpabilidad o conseguir una confesión", recuerda la defensa para reclamar la puesta en libertad del político navarro.

"A la vista de la ingente carga de trabajo de este Tribunal Constitucional y la lenta tramitación de los recursos de amparo que este extremo provoca, que la resolución sobre el fondo –de la que esta parte tienen fundadas esperanzas que será de signo estimatorio– carecerá de sentido en tanto en cuanto el señor Cerdán deberá ser puesto en libertad ex lege en el momento que se cumplan los seis meses desde su encarcelamiento", concluye para que se pronuncie sobre su situación personal sin esperar a que se resuelva el fondo del recurso.

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