Rechaza las recusaciones
El TC elimina el primer obstáculo para abordar en octubre los recursos de Puigdemont y Junqueras sobre la amnistía
Por primera vez en un asunto relacionado con el 'procés' los 12 magistrados que forman el pleno participarán en la deliberación

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont. / Jasper Jacobs / Europa Press

El Tribunal Constitucional ha removido el último obstáculo para poder admitir a trámite en la próxima reunión que ya mantendrán en octubre los recursos de amparo presentados por el expresidente catalán Carles Puigdemont y sus 'exconsellers' Toni Comín y Lluís Puig para que se revise la decisión del Tribunal Supremo de no aplicarles la amnistía, al entender que el delito de malversación por el que están procesados en rebeldía entra dentro de las excepciones de la propia ley.
El pleno ha procedido a rechazar este martes las recusaciones que tanto Puigdemont como Comín habían presentado contra los magistrados de sensibilidad conservadora José María Macías, Concepción Espejel y Enrique Arnaldo, al entender que sus argumentos no tienen cabida en la doctrina constitucional sobre la imparcialidad que deben demostrar los magistrados de la corte de garantías, puesto que su propia composición cuenta con reflejar el sentir de las Cámaras y que sus miembros tengan una trayectoria profesional que justifique la responsabilidad para la que han sido elegidos.
Los magistrados, por unanimidad, también han rechazado las recusaciones que, siguiendo el ejemplo de los anteriores, presentaron también los condenados: el presidente de ERC, Oriol Junqueras, el secretario general de Junts, Jordi Turull, y los 'exconsellers' Dolors Bassa. Se da la circunstancia de que sus amparos fueron admitidos a trámite el pasado mes de febrero, que es el momento en que en su caso debían haber intentado apartar a Macías, pero hasta ahora solo lo había intentado sin éxito Turull.
En cualquier caso, el Constitucional pospuso el examen de sus impugnaciones a que también se pudiera abordar el de los de los procesados en rebeldía, que tuvieron que esperar a que la Sala de Apelación del Supremo revisara la decisión del instructor, el juez Pablo Llarena. El TC adoptó esa decisión dado que todos los amparos son similares, puesto que todos discuten la negativa del Supremo a aplicar la amnistía a la malversación por la que unos fueron condenados y otros procesados. De ahí que deban ser resueltos de forma simultáneamente. La apelación retrasó meses que los que en su momento huyeron de la justicia española pudieran dirigirse al TC.
La recusación interpuesta por la Abogacía del Estado contra Macías también ha sido recusada por el pleno, al entender que sus argumentos repetían los que presentó para apartarle del debate de la constitucionalidad de la amnistía y lo que se debe deliberar ahora es la aplicación de la norma, una vez ya avalada la medida de gracia, lo que permite que participe, aunque como vocal se pronunciara sobre la constitucionalidad de la amnistía.
Es el mismo criterio seguido por el magistrado Juan Carlos Moreno, que se apartó del debate sobre la ley del 'procés', por haberse pronunciado sobre su inconstitucionalidad en los informes de los indultos, pero ahora formará parte de las deliberaciones, al versar sobre la aplicación de la norma, extremo sobre el que no se había pronunciado con anterioridad.
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