Las normas de 2017, redactadas por el actual equipo de gobierno, que fueron firmadas por las 144 candidatas y que ha sido el detonante de la polémica, es un extenso compendio de los documentos previos y algunas adiciones o, tal como los llaman, «actualizaciones», hasta alcanzar los 80 artículos.

Entre las novedades llama la atención las recomendaciones sobre la vida después del protocolo: «durante todo el año de reinado, fuera de los actos oficiales, se continúa representando a Junta Central Fallera, por lo que se ruega ser extremadamente cuidadosa con las actitudes y conductas que tenemos en público y, por tanto, las fotografías o vídeos que pueden hacer y publicar terceros en cualquier momento, que pueden afectar el derecho al honor, la intimidad y las propia imagen de las señoritas».

Es verdad que se elimina la cuestión de «no tener iniciativa propia», que se cambia por un "reina pero no gobierna": Tal que así, refiriéndose a la fallera mayor de Valencia: «su opinión personal podrá ser tenida en cuenta por la junta directiva, pero nunca será preceptiva ni condicionará su papel representativo durante el ejercicio», pero no deja de incluir términos como la necesidad de actuar «con el decoro y la responsabilidad que la figura a que representan merece», pautas que también reclaman cuando se está de viaje.

Se mantiene prácticamente toda la liturgia de no saludar, sonreír, prestar atención al acto, tener privacidad en redes sociales, no subir fotografías inadecuadas, etcétera.

La principal (y polémica) novedad en clave personal es la de que el acompañante de turno „en la práctica, que no está expresado por estar escrito en valenciano, puede ser "el" o "la"„ tiene la facultad para obligar a cambiarse de ropa si ésta es «indecorosa o no apropaida al acto al que se asiste». Y, tal como ha quedado claro, repite el inventario de transparencias, faldas, escotes y tacones.

Otras novedades, pero en clave fallera, es la obligación de la fallera mayor de llevar la indumentaria oficial (la que regala el Ayuntamiento) en doce actos específicos, además de la disociación entre uno y tres moños.

El papel de los padres sigue siendo el de «segundo término», aumentando a catorce el número de actos en los que se tendrá atenciones. Y se cambia la denominación de «novios» por «parejas», dejando sobre el papel la posibilidad de que ésta sea masculina o femenina.