Así se elegirá a las falleras mayores de València 2026... y así se pretende cambiar en el Congreso
La asamblea de presidentes tiene que refrendar las normas aprobadas por el pleno de la JCF
El secretario general insiste en la necesidad de que los candidatos a jurado reconozcan las relaciones con las candidatas
El prerreglamento redactado de cara al Congreso incluye la desaparición de las preselecciones de sector

Las preselecciones están a la vuelta de la esquina / Fotofilmax

El pleno de la Junta Central Fallera ha dado el visto bueno a las normas para elegir a las falleras mayores de València de 2026. Para pasar de 600 candidatas a 26 (24+2) elegidas para la gloria. Ahora falta el refrendo de la asamblea de presidentes, después de que no se haya llevado a cabo un proceso participativo que obligaba a someter a votación algunas propuestas de lo más peculiar, cuando no extrema.
Se han cambiado algunas normas respecto al año anterior, pero menores, porque lo importante, el proceso troncal, se mantiene: preselecciones en la Gran Fira y una fase final con un jurado elegido por el concejal de Fallas y la asamblea de presidentes.
Es en este momento donde se hizo uno de los hincapiés más importantes. En el punto en el que los jurados deben confesar las relaciones "personales y profesionales" que se tiene entre los jurados y las candidatas.
¿Donde está la línea que separa la idoneidad para ser jurado? Hay una premisa muy repetida: "si no se tuviese ninguna relación, nadie podría ser jurado. Aquí nos conocemos todos". Y otra: "el proceso no es malo: se puede hacer malo". Se trata, pues, de un desafío a la honradez.
Y más teniendo en cuenta que, tratándose de un proceso muy emocional, las pasiones se desatan. Tanto de quienes son jurados como quienes son participantes. Es por ello que el secretario general Nico Garcés aseguró que "hacemos hincapié en que no deben tener relaciones personales o laborales o amistad manifiesta con las candidatas y la deberán comunicar. Es lo mínimo que se debe pedir".
En cuanto al plazo de presentación de candidaturas para jurados, se ha estipulado del 31 de mayo al 16 de junio. Es decir, antes incluso de que empiecen las preselecciones. Esto quiere decir que la lista, en principio, será muy amplia, pero que no quedará depurada más que a partir del 20 de julio, fecha en la que se celebrará la última preselección. No se podrá ser jurado si la candidata de tu comisión está en la gran final. Más esas incompatibilidades por "relaciones", que sólo el jurado, en un ejercicio de honradez, podrá confesar y retirarse a tiempo.
El proceso tiene mucho de "corta y pega". Pero las cosas pueden cambiar ostensiblemente en el Congreso Fallero.
Hay ya un proyecto de Reglamento redactado por un grupo de 25 personas. En ese texto, asombrosamente -porque no lo está en el vigente Reglamento-, se especifica de principio a fin todo el proceso. El texto actual deja un flexible proceso: la fallera mayor y la corte se elegirán "según la resolución y método que adopte la Asamblea General en cada ejercicio". Lo que permite cambiar, pulir y modificar el proceso, sea con grandes cambios o, como este año, pequeños.
Pero no: en el prerreglamento se le da completamente la vuelta al calcetín, incluyendo la desaparición de las preselecciones y el arrinconamiento del concejal de Fallas, que no tiene capacidad alguna para nombrar jurados.
Pincha aquí para conocer la propuesta revolucionaria que se plantea en el Congreso Fallero
Existe la posibilidad de que esto no pase: presentando una enmienda que mantenga el texto vigente actualmente, o muy parecido, que permita supeditar el proceso a una decisión tomada año a año en la Asamblea de Presidentes.
Esta es la propuesta, a la que falta el debate y votación en la asamblea de presidentes, para elegir a las falleras mayores de València y cortes de honor de 2026:
Requisitos para las candidatas
- Todas las comisiones que forman parte del censo oficial fallero de la Junta Central Fallera podrán presentar una candidata infantil y una candidata mayor, censada en la comisión, para aspirar a ser Fallera Mayor Infantil de Valencia 2026 y Fallera Mayor de Valencia 2026.
- Las candidatas infantiles aspirantes a Fallera Mayor Infantil de Valencia, en cumplimiento de la Resolución del Síndic de Greuges de 19 de enero de 2024 y del informe de la Secretaría General de la Administración Municipal, de 1 de marzo de 2024, a los efectos de presentación de candidaturas infantiles aspirantes a Fallera Mayor Infantil de València deberán estar censadas en la comisión infantil al término del plazo de inscripción establecido en el calendario que se apruebe en la Asamblea de Presidentes y Presidentas.
- Las candidatas aspirantes a Fallera Mayor de Valencia deberán estar censadas en la comisión mayor en el momento finalice el plazo de inscripción establecido en el calendario que se apruebe en la Asamblea de Presidentes y Presidentas.
- Las candidatas, deberán estar dadas de alta como mínimo, dos ejercicios en el censo de la comisión que las presenta con anterioridad a la fecha de solicitud. Ejercicio 2025-2026 y Ejercicio 2024-2025. Las comisiones deberán velar por el cumplimiento de esta condición, que será comprobada por la Junta Central Fallera.
- No podrá presentarse ninguna aspirante que esté sujeta a sanción o expediente disciplinario de posible sanción pendiente de resolver por la Delegación de Incidencias de la Junta Central Fallera o instancia superior.
- Las aspirantes solo podrán presentarse a la preselección del ejercicio en curso en representación de la comisión en que estén censadas y por el sector de pertenencia de esta.
- Si una fallera ha pertenecido a la Corte de Honor de la Fallera Mayor de Valencia, no podrá presentarse nuevamente al proceso de elección de Fallera Mayor de Valencia.
- Las aspirantes asumen que, en caso de salir elegidas, están obligadas a cumplir con las asistencias, comportamiento y responsabilidad de su cargo durante todo el ejercicio, atendiendo en todo momento las indicaciones al respecto de la Directiva de la Junta Central Fallera, anteponiendo los requerimientos de Junta Central Fallera y el Ayuntamiento de Valencia a los particulares y los de sus respectivas comisiones, sectores o agrupaciones. Igualmente cederán todos los derechos de imagen a la Junta Central Fallera mientras se ostente el cargo y atenderán los requisitos indicados en cuanto a publicaciones de indumentaristas y fotógrafos particulares para no perjudicar la labor de los oficiales, siendo los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Valencia quienes diriman cualquier injerencia al respecto.

Comisiones de falla en la Procesión de la Virgen (4/5)
Comisiones de falla en la Procesión de la Virgen (4/5) /
- La participación en este proceso supone la aceptación libre y voluntaria por parte de todas las candidatas de optar a ejercer el cargo de Fallera Mayor de Valencia o Fallera Mayor Infantil de Valencia 2026, implicando la renuncia, el abandono voluntario del proceso, o el cese si así lo considera la Junta Directiva de la Junta Central Fallera por causa justificada, una vez nombradas.
Primera fase – Preselecciones por sectores
La primera fase de elección se organizará por sectores falleros, y serán las personas vocales electas de estos sectores los que, en nombre de Junta Central Fallera, se encarguen de la organización de esta fase.
Junta Central Fallera establecerá anualmente las fechas en las cuales podrán organizarse las preselecciones y ofrecerá un espacio dentro de la programación de la Gran Feria de Julio para su realización. Sin embargo, cada sector tendrá libertad para elegir otro lugar donde realizarla. En todo caso, los sectores podrán decidir la manera en que organizan internamente el acto.
El número de candidatas elegidas para pasar a la segunda fase del proceso dependerá del número de comisiones que compongan cada uno de los sectores:
- Los sectores formados hasta 12 comisiones elegirán 2 candidatas.
- Los sectores formados por 13 o más comisiones elegirán 3 candidatas.

Comisiones de falla en la Procesión de la Virgen (y 5/5)
Comisiones de falla en la Procesión de la Virgen (y 5/5) /
Cada sector podrá elegir libremente su jurado, los componentes del cual tendrán que estar libres de cualquier sanción por Junta Central Fallera; por esta razón, se recomienda la consulta con anterioridad a la Delegación de Incidencias.
Para aquellos sectores que no desean elegir un jurado propio, la Directiva de la Junta Central Fallera podrá designar un jurado, que pondrá a disposición del sector. Aquellos sectores que lo desean podrán solicitar que el jurado acuda previamente, en un máximo de dos jornadas diferentes siendo una de ellas el día de la preselección, con el objetivo de reunirse personalmente con las candidatas.
En todo caso, los miembros del jurado tendrán que tener libertad de actuación y deberán comunicar si tienen relaciones personales o laborales con alguna candidata, así como tener amistad manifiesta o ser familiar directo.
Los jurados estarán asistidos por un representante de la Delegación de Secretaría de Junta Central Fallera, quien aportará el listado de las candidatas, hojas de escrutinio y modelo de acta que tendrá que rellenar y firmar. Durante la redacción del acta y su firma solo podrán estar presentes los miembros del jurado, el representante de la Delegación de Secretaría de Junta Central Fallera y los dos interventores nombrados por los sectores.
Junta Central Fallera se encargará de suministrar las flores para las candidatas de cada sector. Todas las candidatas elegidas de entre todos los sectores pasarán a la siguiente fase de elección denominada como segunda fase.
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Segunda fase – Elección de Candidatas a Falleras Mayores de Valencia
La segunda fase la organizará Junta Central Fallera, con supervisión de la Secretaría General, en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas.
Esta segunda fase se iniciará con un mínimo de quince días antes del acto de elección. Al finalizar esta fase se habrán elegido trece candidatas a Fallera Mayor Infantil de Valencia y trece candidatas a Fallera Mayor de Valencia.
El jurado, que será el mismo en la segunda y en la tercera fase del proceso estará compuesto por siete miembros para Fallera Mayor Infantil de Valencia y siete miembros para Fallera Mayor de Valencia, todas ellas y ellos mayores de edad. Será elegido en base a la siguiente proporción:
- 3 miembros serán designados por la Presidencia de Junta Central Fallera. De estos tres, una será elegida de entre las que ya han sido Falleras Mayores de València y/o componentes de las Cortes de Honor (para la elección de la Fallera mayor las que hayan sido Falleras Mayores y Cortes de Honor Mayor y para las infantiles Fallera Mayor Infantil y Cortes de Honor Infantiles); las otras dos personas serán personas del ámbito fallero a ser posible con perfiles relacionados con las funciones propias del cargo de Fallera Mayor. En el caso de jurados infantiles tendrán que tener perfiles especialmente orientados con el trato con niñas y niños.
- 4 miembros serán designados por la Asamblea entre los candidatos presentados con los siguientes perfiles: Presidentes y Presidentas de falla y de Agrupación que lo hayan sido al menos durante 3 ejercicios, consecutivos, o no, miembros de Junta Central Fallera, al menos durante 3 ejercicios, y de cualquier otro fallero o fallera censado al menos 3 ejercicios en comisiones de JCF, estando todos ellos en posesión del Bunyol d’Or y con el aval de la presidencia de su comisión en todos los casos.
De estos cuatro componentes, serán elegidos como mínimo dos presidentes o presidentas de comisiones falleras de JCF. El resto de perfiles podrán ocupar cada cual como máximo una plaza en función del resultado de la votación:
- Mínimo dos Presidentes /as de falla
- Máximo un Presidente /a de Agrupación
- Máximo un componente de Junta Central Fallera
- Máximo un fallero/ fallera avalado por su comisión
En caso de empate entre dos o más personas, prevalecerá la mayor recompensa y, de producirse nuevamente el empate, el año de obtención de esta.
No podrá ser nombrado jurado, aquella persona que lo haya sido para el mismo proceso en algún momento durante los cinco ejercicios inmediatamente anteriores, 24/25, 23/24, 22/23, 21/22, 19/20.
Tampoco podrán aspirar a jurados del proceso adulto personas con candidata adulta preseleccionada o del proceso infantil aquellas personas con candidata infantil preseleccionada.
Todas las persones aspirantes tendrán que adjuntar un currículum personal y fallero junto a una fotografía, en que se detalle especialmente los requisitos marcados por esta convocatoria con el objetivo que pueda ser tomado en consideración por la Asamblea de Presidentas y Presidentes.
Los candidatos votados por la Asamblea, así como los jurados designados por el Presidente, no deberán tener relaciones personales o laborales con ninguna candidata, ni tener amistad manifiesta o ser familiar directo.
Los miembros del jurado tendrán que guardar máxima discreción sobre el proceso y las deliberaciones durante el transcurso de todas las fases y velar por el trato justo, equitativo y con la máxima dignidad hacia todas las candidatas.
El jurado de la fase 2 y 3 contará con la presencia de una persona interventora designada por la Junta Central Fallera, sin voz ni voto en ninguna de las deliberaciones del mismo, con el objetivo de velar por el buen funcionamiento del proceso y como testigo ante cualquier posible reclamación. Las personas designadas, una para el jurado de Fallera Mayor de Valencia y otra para el jurado de Fallera Mayor Infantil de Valencia deberán estar presentes en todas las pruebas y entrevistas que se realicen, así como en las deliberaciones y reuniones oportunas. Esta figura se limitará a observar el proceso y favorecer la comunicación para la logística de las pruebas acordadas por los miembros del jurado.
Las actividades a realizar con las candidatas para ayudar en la elección serán planteadas y gestionadas por la Secretaría General de Junta Central Fallera antes de comenzar el proceso, tanto para las candidatas adultas como para las infantiles.
Esta fase finalizará en el acto público que anualmente se realiza y en el que se nombrarán las a trece candidatas infantiles y trece candidatas adultas que pasarán a la fase final.
El jurado se reunirá previamente al comienzo del acto y, ante la presencia de un notario colegiado, comunicarán a la Secretaría General de Junta Central Fallera el nombre de las trece candidatas adultas y trece infantiles que pasarán a la siguiente fase, así como las 6 suplentes correspondientes. La Secretaría General mantendrá los nombres en dos sobres diferenciados y cerrados que solo abrirá en el momento de lectura de las elegidas.
Tercera fase – Elección de las Falleras Mayores de Valencia
La tercera fase la organizará Junta Central Fallera con supervisión de la Secretaría General en coordinación con las diferentes delegaciones implicadas. Esta tercera fase se iniciará en la semana inmediatamente posterior a la finalización de la segunda fase y finalizará en el acto de nombramiento de las Falleras Mayores de Valencia. Al finalizar esta fase se habrán elegido la Fallera Mayor Infantil de Valencia y la Fallera Mayor de Valencia. Las candidatas no elegidas serán las componentes de las Cortes de Honor respectivas.
El jurado de esta fase será el mismo de la fase anterior.
Las actividades a realizar con las candidatas para ayudar en la elección serán planteadas y gestionadas por la Secretaría General de Junta Central Fallera.
Esta fase finalizará en la Asamblea General Extraordinaria de Junta Central Fallera donde la Alcaldesa de la ciudad nombrará y llamará a las Falleras Mayores de Valencia.
El jurado se reunirá previamente el mismo día de la elección y comunicará a la Secretaría General de Junta Central Fallera el nombre de las Falleras Mayores de Valencia, así como las suplentes correspondientes. La Secretaría General mantendrá los nombres en dos sobres diferenciados y cerrados que solo abrirá en el momento de lectura de las elegidas.
Cualquier aspecto no incluido en estas normas será resuelto, en su momento, por los jurados correspondientes o por la junta directiva de Junta Central Fallera.
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