El Consell Rector blinda a personal laboral de la JCF
Los puestos de personal laboral pasarán a tener la condición de funcionarios

Sede de la JCF / RLV

El Consell Rector de la Junta Central Fallera (JCF), organismo autónomo dependiente del Ayuntamiento de València, ha aprobado este lunes adaptar el régimen jurídico del personal de la entidad a la naturaleza de los puestos que ocupa, así como la modificación de la relación de puestos de trabajo (RTP). A grandes rasgos, la consecuencia principal es que los puestos de trabajo de la plantilla que aún tenían la consideración de personal laboral dejarán de serlo y pasan a adquirir la condición de funcionarios.
A juicio de Santiago Ballester, concejal de Fallas y presidente de la Junta Central Fallera, este cambio permitirá “dotar de una mayor profesionalización” a la plantilla actual de la JCF. Ha sido precisamente el propio regidor el que presentó el pasado 29 de mayo una moción para impulsar la adaptación del personal del organismo autónomo municipal. En el Ayuntamiento ponen como ejemplo que "la Universitat Popular, por ejemplo, ya culminó su proceso de funcionarización del personal laboral de su Patronato en el año 2006".
Cinco trabajadores
Actualmente, la plantilla de la JCF está compuesta por un puesto de personal técnico superior A1 de naturaleza funcionarial (economista); otra plaza de administrativo C1 como personal laboral y tres más de auxiliar administrativo C2, también con la naturaleza de personal laboral.
Tal como recoge la propuesta elevada este lunes al Consell Rector de la JCF, “puesto que la naturaleza de las funciones atribuidas a cada puesto de trabajo es lo que determinará la consideración de funcionario o laboral de la plaza correspondiente, procede modificar la RPT para dotar de naturaleza funcionarial a los puestos de trabajo cuyo desempeño debe efectuarse por funcionario de carrera y no laboral, y ello por ser la RPT el único instrumento técnico a través del cual se puede modificar el contenido de cada puesto de trabajo”.
Además, según recoge el convenio del personal laboral de la Junta Central Fallera, “el personal laboral fijo que desempeñe un puesto de trabajo que se adscriba por sus funciones a uno de los cuerpos, escalas o agrupaciones profesionales funcionariales y que se clasifique de naturaleza funcionarial en virtud de resolución o disposición reglamentaria, podrá adquirir la condición de funcionaria o funcionario de carrera permaneciendo en dicho puesto, si cumple los requisitos del mismo, mediante la superación de las correspondientes pruebas o cursos de carácter selectivo, cuya calificación se efectuará mediante un proceso de evaluación continuada y pruebas finales”.
Una vez ratificado este lunes el acuerdo por el Consell Rector de la JCF, el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP) publicará en los próximos días la relación actualizada de los puestos de trabajo (RPT) de la Junta Central Fallera.
Y aún queda mucho por hacer...
La plantilla de personal del máximo organismo fallero ha ido creciendo con el paso de los años, atendiendo al propio crecimiento de la fiesta y del volumen de trabajo, aunque de una forma muy lenta. Cuando la JCF estaba en la "llotgeta" de la Plaza el Mercado, en los años noventa, ya tenía dos personas trabajando de administrativas. Lo que da idea de lo más que comedido que es el aumento de la plantilla, cuando la "profesionalización" ha sido un mantra que mil veces se ha repetido, especialmente en campaña electoral.
En este sentido, hay que recordar que la JCF funciona a contra estilo de cualquier otro organismo municipal: aquí se nutre fundamentalmente de voluntariado.
En los últimos años se han incorporado dos altos cargos remunerados: la secretaría general técnica y, más antiguo en el tiempo, la secretaría general fallera -bajo la denominación de "coordinador"-. Aún quedan cargos que, en ejercicio de lógica, siguen despojados de dedicación profesional, como la jefatura de prensa.
Sin embargo, la preocupación en el Congreso Fallero, de momento, ha sido la de generar (proponer generar) una nueva secretaría general remunerada pero elegida por los falleros, que presenta más que serias dudas legales.
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