Desestiman investigar al fabricante de la fachada del edificio incendiado en Campanar

La Sala considera acreditado que la construcción se ajustó a la legalidad vigente y rechazas los recursos de apelación

Deniega tabién las declaraciones testificales la totalidad de los bomberos que participaron en un primer momento en la extinción

Así se promocionaba el edificio de Campanar incendiado: "la máxima calidad de construcción aplicando rigurosos controles de seguridad"

València

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha rechazado que se investigue a la empresa que fabricó el revestimiento de la fachada del edificio incendiado en el barrio valenciano de Campanar, en el que perecieron 10 personas en febrero del año pasado. La Sala ha desestimado los recursos de apelación presentados por varias acusaciones particulares y ha rechazado que se investigue al representante legal de la empresa por considerar acreditado que la construcción se ajustó a la legalidad vigente.

Dos autos de apelación

Igualmente, ha denegado otras solicitudes de prueba de las partes, como las declaraciones testificales la totalidad de los bomberos que participaron en un primer momento en la extinción del fuego. El Tribunal ha adoptado estas decisiones en dos autos de apelación emitidos hace unos días y que confirman íntegramente los dictados a su vez por el titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia, responsable de la investigación.

Estado del edificio tras el incendio

Estado del edificio tras el incendio / Daniel Tortajada

A juicio de los magistrados, la legalidad de la construcción ha sido determinada por las declaraciones testificales prestadas durante la instrucción por el arquitecto técnico autor del proyecto de construcción, el arquitecto técnico que supervisó la ejecución de la obra y el arquitecto municipal que elaboró el informe previo a la concesión de licencia de construcción y ocupación. "Difícilmente puede pretenderse que existiera una responsabilidad penal por la supuesta ocultación de un riesgo, si éste estaba legalmente admitido, al estar autorizada la utilización de dicho material para el revestimiento de la fachada", recoge el auto de apelación.

Negativa a otras diligencias

En esta resolución, la Sección Cuarta también ratifica la negativa del instructor a practicar otras diligencias relacionadas con el material instalado en la fachada del edificio por entender que son innecesarias. Entre las diligencias que fueron pedidas y que no han sido admitidas figuraba la petición de información a la Fiscalía italiana sobre la investigación abierta por el incendio de la Torreo dei Moro de Milán, revestida con materiales de la misma empresa burgalesa a la que la Audiencia ha decidido no investigar.

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