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Impuesto

El Síndic ve irregular que Alboraia sólo descuente el IBI a los empadronados

Recuerda que este tipo de bonificación no está contemplado por la ley y que puede ser discriminatorio

El Síndic ve irregular que Alboraia sólo descuente el IBI a los empadronados

El Síndic de Greuges, José Cholbi, ha recomendado al Ayuntamiento de Alboraia que modifique la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para que no exista la actual distinción en la aplicación de descuentos del 30 % únicamente para los contribuyentes que estén empadronados en el municipio.

El Síndic alerta en un escrito del pasado octubre que «no resulta posible establecer una minoración en la cuota tributaria del IBI en función de la condición o no de empadronamiento» ya que no existe ninguna ley u otro precepto con rango legal que reconozca dicho beneficio fiscal. Además, Cholbi apoya su petición en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla la Mancha que concluye que «el dato sólo del empadronamiento no puede fundamentar una discriminación en materia tributaria, que atenta contra el principio de constitucional de igualdad ante la Ley».

Hace un año la corporación aprobó la ordenanza por la que se bonificaba en un 30 % hasta 2016 el IBI a los vecinos de Alboraia que son propietarios en primera transmisión de viviendas de protección oficial (VPO). Los requisitos para tener este descuento son que la vivienda sea destinada a domicilio habitual y permanente y sean propietarios de la misma en primera transmisión, esto es, haber comprado directamente al promotor de la vivienda. El titular tiene que justificar que cumple el requisito de domicilio habitual y permanente desde su adquisición con un histórico de padrón que solicitará en el mismo ayuntamiento.

Pero ante la queja de un vecino al que en mayo se le denegó la bonificación por no estar empadronado, el Síndic recuerda que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales establece cuáles son los beneficios fiscales que un ayuntamiento puede aplicar al IBI, y que son la bonificación de hasta el 5 % de la cuota a favor de los sujetos que domicilien sus deudas en el banco, anticipen pagos o colaboren en la recaudación de ingreso.

«En este sentido „subraya Cholbi en su escrito„ resulta evidente que en ningún caso se incluye la posibilidad del reconocimiento de un beneficio fiscal en el IBI condicionado al hecho de estar o no empadronado» y que «no podrán autorizarse ni concederse más bonificaciones que las que expresamente estén contempladas por una norma de rango legal».

El equipo de gobierno que preside Miguel Chavarría ha justificado su decisión en un escrito al Síndic destacando que la ley sí permite bonificar a las VPO si son primera vivienda, así que se comprueba que esto es así mediante el padrón que certifica si el solicitante ha vivido en ella desde que la adquirió. «No tenemos otra manera de hacerlo», señaló ayer la concejal de Hacienda, Ana Bru, que adelantó que el consistorio no retirará esta bonificación.

Por su parte, el portavoz de UPyD de Alboraia, Justo Coll, ha exigido al ejecutivo que acepte la recomendación del Síndic «en los puntos en que se pronuncia, así como su aplicación con carácter retroactivo para las cuotas abonadas en julio del presente año».

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