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Massamagrell

Condenan por un servicio negligente a un abogado como responsable civil

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por un letrado contra una sentencia que le condenaba como responsable civil por los daños y perjuicios que ocasionó a su representado por «la negligente prestación de servicios jurídicos».

La historia se remonta a 2013 cuando una empresa presentó una demanda en los juzgados de Massamagrell contra una firma y el letrado tras haberla contratado para recibir asesoramiento. En concreto, ante la deuda que un tercero mantenía con el demandante, que a su vez tenía un crédito hipotecario frente a su deudor, se le aconsejó que aceptase del deudor la dación en pago de una finca. Se redactó el contrato privado de dación, que se elevó a escritura pública y fue inscrito en el registro de la propiedad en el Ayuntamiento de L´Escala (Girona). El problema surge cuando se aprecia que, con anterioridad a la firma de la operación de dación, se había anotado en el registro un embargo preventivo y otro ejecutivo del 50%. De tal forma, que el demandante tenía ahora una propiedad con cargas.

El fallo del juzgado de Primera Instancia de Massamagrell desestimó la demanda por «falta de acreditación de participación de los demandados en los hechos, además de no apreciar ningún elemento de infracción en las normas de la profesión».

El demandante recurrió a la Audiencia Provincial de Valencia, que le dio la razón condenando a los demandados a «realizar cuantas actuaciones sean precisas y necesarias para alzar y cancelar los embargos y sus respectivas anotaciones en el Registro de la Propiedad».El recurso posterior al Supremo ha sido desestimado.

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