La pensión asistencial que percibía Everilda desde hace décadas la regula el Estado en el Real Decreto 2620/1981 para la concesión de ayudas del Fondo de Asistencia Social a ancianos, enfermos o discapacitados. Pese a ser una subvención competencia del Gobierno central, es el personal de la conselleria de Políticas Inclusivas que dirige la vicepresidenta Mónica Oltra la encargada de la revisión de expedientes, aunque con los criterios y parámetros estatales. «Esas pensiones se conceden bajo circunstancias extremas, pero se tienen que revisar y hacía tiempo que no habían sido estudiadas», explicaron fuentes oficiales del departamento de Oltra. En el caso concreto de Everilda, «no se ha ido exclusivamente a comprobar su estado sino que forma parte del grupo de expedientes estudiados», apuntan las mismas fuentes.

Desde la conselleria explican que al «aplicar todos las condiciones que marca el decreto estatal se ha comprobado que esta anciana reside con su hermana, con lo que se le retira la prestación». Al mismo tiempo, especifican que «es el usuario el que debe transmitir el cambio de situación», aunque la sobrina de la afectada mantiene que su tía ha percibido la ayuda «durante años viviendo con mis padres, y ahora sólo con mi madre». A pesar de la situación, fuentes de la conselleria aseguran que la anciana «perderá la ayuda pero no deberá retornar nada».

El departamento de Oltra también afirma que puede «haber más gente en una situación similar ya que son muchos los expedientes revisados», aunque no aportaron cifras. La circunstancia la corrobora la sobrina de Everilda. «El cartero llevaba más cartas», revela.

a. c. massamagrell