? La Conselleria de Agricultura explicó ayer que «desde el punto de vista de molestias a vecindario, las competencias en la clausura de la actividad o su autorización correspondería al ayuntamiento». De la conselleria es, por su parte, la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los programas sanitarios. En la Comunitat Valenciana, la presencia de animales cinegéticos de «caza mayor» (como los jabalís) está prohibida fuera de cotos, granjas cinegéticas, núcleos zoológicos, centros de investigación o clínicas veterinarias.
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