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Sentencia

El juez avala la remunicipalización de los servicios sociales de Moncada

Ni el ayuntamiento ni la empresa pública tendrán que pagar indemnizaciones a los trabajadores

El concejal de Personal de Moncada, Manuel García. levante-emv

El Juzgado de lo Social número ocho de València ha desestimado la denuncia interpuesta por Comisiones Obreras (CCOO) contra la empresa municipal de Moncada MSU S. A. (Moncada Servicios Sociales) por la extinción de los contratos de dos trabajadores que cubrían temporalmente el Servei Especialitzat d'Atenció a la Família i la Infància (Seafi) desde el anterior gobierno del Partido Popular y ofrecer esta prestación a través de sus propios medios.

En este sentido, el ayuntamiento decidió, el pasado año, no renovar las contrataciones de la psicóloga y el trabajador social entonces en plantilla y preparar bases para un nuevo proceso de selección. Los motivos, según explica el concejal de Personal de Guanyem, Manuel García: La voluntad de «remunicipalizar el servicio que había sido privatizado y externalizado por el PP», por considerar que el anterior había tenido «irregularidades» en el procedimiento, y por el hecho de que la sucesión de contratos temporales obligaba a la empresa a hacer fijos a ambos trabajadores. «Ante esta tesitura», explica el concejal de Guanyem.

«Decidimos realizar un proceso selectivo que garantizara la publicidad, mérito y capacidad mediante una prueba selectiva que diera garantía al proceso», añade. Esta decisión provocó, el pasado julio, concentraciones a las puertas del ayuntamiento de Moncada en protesta de la conclusión del gobierno municipal, tal como contó entonces Levante-EMV.

A raíz de esta determinación, ambos trabajadores interpusieron una denuncia por despido mediante el sindicato CCOO que ahora el juez ha desestimado por considerar «que no se ha producido la cesión ilegal que se denuncia» y que el consistorio estaba «facultado para prestar el Seafi con personal propio, externalizarlo o encomendarlo a una mercantil instrumental, como es el caso».

Asimismo, el magistrado también concluye que los trabajadores demandantes conocían «perfectamente desde el inicio de su vinculación que su contratación estaba vinculada a la duración de una encomienda», es decir, era temporal.

El sindicato CCOO también había demandado para los afectados que la forma de calcular la antigüedad de los ex trabajadores tuviera en cuenta los dos contratos temporales, una petición que no fue aceptada debido a que entre un contrato temporal y un segundo, habían pasado más de seis meses, por lo que solo se tendría en cuenta el más reciente.

Finalmente, el juez encargado del caso denunciado ha dictado sentencia y ha absuelto a los demandados, en este caso, al ayuntamiento de Moncada y a la empresa pública MSU S.A. de tener que abonar una indemnización a los dos trabajadores cesados de sus funciones laborales, tal como estos pedían a la justicia.

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