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Sentencia

El Supremo obliga a la Emshi a pagar a Manises dos millones por la potabilizadora

El alto tribunal desestima el recurso de la entidad metropolitana por el canon que suprimió en 2011 por albergar la planta

Planta potabilizadora propiedad de la Emshi en el municipio de Manises. l-emv

Manises recibirá en breve una inyección económica de más de dos millones de euros, que destinará en mayor parte a pagar deuda. El ingreso extra proviene del Supremo. Y es que, el alto tribunal ha desestimado el recurso de casación que presentó en mayo la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi), contra la sentencia del TSJ que la condenaba a abonar al municipio manisero más de dos millones de euros como canon por albergar la planta potabilizadora.

Viajando a los antecedentes, en el año 2006, la Emshi, presidida entonces Enrique Crespo, alcalde manisero, estableció que tanto Picassent como Manises debían percibir un canon anual de 957.000 euros a repartir entre ambos, para compensar «los efectos externos negativos por el servicio de prestación del agua potable en alta».

Y así fue durante varios años, hasta que en diciembre de 2011, la presidencia, ya sin Crespo, elevó al pleno de la entidad metropolitana una propuesta para eliminar ese canon. Para ello presentó un informe de secretaría e intervención que apuntaba que aquel acuerdo de 2006 no contaba con el informe jurídico que avalara abonar esa compensación.

Los dos municipios presentaron alegaciones a la aprobación de la supresión del canon, que fueron rechazadas. Fue entonces cuando los dos ayuntamientos, bajo mandato del PSOE en Picassent y del PP en Manises, acudieron al juzgado, aunque de forma separada. Ambas poblaciones perdieron la demanda en primera instancia y consiguieron ganarla en el TSJ. El primer fallo se produjo en la demanda picasentina, donde los magistrados reconocían a la localidad el derecho a percibir la compensación acordada en 2006, «hasta que sea sustituida por otro sistema, con efecto desde su supresión».

Meses después, la buena noticia también llegaba a Manises. El juez apelaba a la «unidad de doctrina y seguridad jurídica» para basarse en los mismos criterios por los que Picassent había ganado la sentencia. Así, estimaba el recurso manisero contra el acuerdo de 2011 que eliminaba el canon, anulándolo, y «se reconoce como situación individualizada el derecho a que se abone al apelante la cantidad fijada en 2006».

La única diferencia entre los dos pueblos, es que la Emshi, por cuestiones legislativas, no pudo recurrir el fallo de Picassent y se convirtió en firme, mientras que sí pudo apelar la sentencia de Manises, tras los últimas modificaciones en el ámbito judicial. En este caso, el Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por la entidad metropolitana y obliga a la Emshi a que compense a Manises con más de dos millones por todos los ejercicios que dejó de percibir desde 2012, cuando se hizo efectivo el acuerdo de supresión del canon.

El alcalde Jesús Borràs mostraba ayer su felicidad por el resultado de la sentencia y destacó que el trabajo «que desde el actual equipo de Gobierno se ha llevado a cabo en esta cuestión ha sido una prioridad para el consistorio porque el importe que percibiremos irá, en su mayor parte, a pagar deuda municipal».

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