El Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número 9 de Valencia que obligaba al Ayuntamiento de Alfafar a abonar algo más de 850.000 euros por el incumplimiento de un contrato de compraventa de los locales construidos por la empresa Llorca S. L. en 2009 y que iban a ser destinados a albergar una guardería municipal, que finalmente el actual gobierno local (PP) no quiso llevar a cabo.

Ante esta sentencia solo cabe interponer recurso de casación al Tribunal Supremo antes del 27 de marzo, algo que hará el consistorio tal y como se aprobó en el pleno extraordinario del pasado miércoles. Este recurso es la última vía para poder evitar pagar esos 850.000 euros, aunque fuentes municipales, tras consultar a sus servicios jurídicos, ven pocas posibilidades de que este último recurso prospere. El ayuntamiento sigue alegando que el convenio firmado el 11 de marzo de 2009 por el entonces alcalde socialista Emilio Muñoz con la empresa propiedad de Fernando Llorca no tiene validez contractual, ya que no se siguió el procedimiento que marca la Ley de Contratación.

Un supuesto que el propio juez reconoce en el apartado quinto de la sentencia que desestima el recurso del ayuntamiento, donde literalmente asegura que «ciertamente tiene razón el ayuntamiento al afirmar que lo correcto hubiera sido sacar a concurso el proyecto conforme a la entonces vigente Ley 20/2007 de Contratos del Sector Público, ahora bien, aplicamos la doctrina del enriquecimiento injusto en el sentido de que la parte demandante suscribió «convenio» con autoridad legítima y realizó un trabajo para el ayuntamiento. El hecho de que la Administración no siguiera el procedimiento previsto en la Ley no limita su responsabilidad». La sentencia viene a decir que el convenio adquiere validez contractual en el momento en que así lo aseguran en su declaración los firmantes, Emilio Muñoz y la concejala Juani Blasco.

«Si al final la sentencia es firme y debemos pagar tendremos que pedir explicaciones al anterior gobierno socialista que firmó el convenio de porqué no se siguió el procedimiento que marca la Ley de contratación. Un acto así no se puede quedar impune», señala el alcalde Juan Ramón Adsuara (PP).

Reclamar responsabilidades por la vía judicial es una de las conclusiones del dictamen realizado por la Comisión de Investigación del Caso Llorca creada hace año y medio para esclarecer este asunto.Dictamen que fue aprobado en el pleno del miércoles por el voto a favor de PP, Ciudadanos, Compromís y EU, la abstención de Apae y en contra del PSOE.

Dicha Comisión, presidida por Joan Sorribes (Compromís), también estipulaba la interposición del recurso de casación así como la realización de una tasación de los locales, realizada por un técnico independiente, referida al momento en el que se suscribió el convenio y se fijó el precio. También reprobó el comportamiento de los ediles del PSOE, Rosa Ruz, Noelia García y José Antonio Redondo por no declarar ante la comisión.

Noelia García, en representación del PSOE, argumentó que «no era obligatorio declarar ante la comisión», y que «no se recogieron las premisas del grupo socialista que pudieron la presencia de todos los concejales con voz pero sin voto». También rechazó interponer un recurso de casación «para evitar más costes a los vecinos de Alfafar».

Convenio a dedo

La comisión de investigación del caso Llorca, tras múltiples entrevistas tanto a concejales, como técnicos, ha determinado hasta diez pasos que no se siguieron dentro del procedimiento administrativo necesario. Así, la comisión ratificó que este convenio no había pasado por Junta de Gobierno, ni por Pleno, que tampoco se le había asignado una partida presupuestaria, ni se había incoado un expediente. De tal forma que la comisión no establece que dicho convenio pueda tener una validez de contrato de compraventa, y después de leer las sentencias, estipulan que ese valor solo es otorgado por el juez a través del testimonio de Emilio Muñoz y Juani Blasco, del PSOE.