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El juez archiva la denuncia contra el alcalde de Aldaia que tramitó un funcionario sancionado

El tribunal no encuentra delito en la ampliación del contrato a una empresa para atender el servicio de catering social

Guillermo Luján, en la puerta del juzgado, con su escrito de alegaciones al juez. m. a. montesinos

La ampliación del contrato del servicio «Menjar a Casa» que tuvo que realizar el Ayuntamiento de Aldaia para dar cobertura a más de 80 personas mayores y dependientes durante varios meses fue una operación ajustada a derecho. Así lo ha considerado el juzgado de instrucción número 1 de Torrent, que investigaba este asunto, a raíz de la denuncia que interpuso contra el alcalde Guillermo Luján un funcionario que, un tiempo antes, había sido apartado como consecuencia de un expediente disciplinario.

De este modo, la denuncia ha quedado archivada en la propia fase de instrucción, al entender tanto el juez como el propio fiscal en su informe que «de lo actuado no aparece debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa» por lo que procede decretar el sobreseimiento.

Además, se da la circunstancia de que el funcionario denunciante, una vez conoció el pasado mes de septiembre el informe del fiscal, se retiró de la denuncia.

El asunto arranca del ejercicio 2015 cuando el consistorio realizó un contrato menor a una empresa vinculada a la Fundació Novaterra para suplementar el servicio de «Menjar a Casa» que presta el ayuntamiento a una media de 80 mayores al mes. Para este servicio, el ayuntamiento dispone de cocina propia y tenía en plantilla una cocinera. Aunque inicialmente se realizó un contrato menor de 18.000 euros mientras se ponía en marcha la bolsa de trabajo para contratar a una segunda cocinera, finalmente el consistorio acabó pagando 60.000 euros a la firma de economía social ya que el proceso se alargó, por un lado, y la cocinera cayó enferma, por otro.

«Circunstancia especial»

El consistorio defendió ante el juzgado que se trataba de una circunstancia especial que está recogida en la ley, que contaba contó con los informes favorables tanto de la técnica de Bienestar Social como del denunciante, en calidad de abogado del ayuntamiento. El servicio se inició en otoño de 2015 y duró hasta septiembre de 2016. Entonces se suspendió el contrato y se incorporó la segunda persona en cocina.

Aunque el asunto se cerró sin problemas, meses después el funcionario acudió al juzgado y denunció al alcalde por presunta prevaricación administrativa. Este trabajador estaba inmerso en un expediente disciplinario por incompatibilidad laboral (el ayuntamiento vecino de Quart de Poblet detectó que se presentaba a una plica mientras seguía como Técnico de Administración General en Aldaia), por el que fue inhabilitado temporalmente en Aldaia, una decisión que ratificaron en 2018 los tribunales.

La denuncia contra Luján prosperó inicialmente y el alcalde fue citado a declarar hace un año en calidad de investigado (anteriormente imputado). El denunciante negó ante el juez que hubiera firmado un informe favorable a la ampliación de contrato pero en la instrucción quedó probado que el documento se envió desde su correo electrónico al interventor. Por su parte, el alcalde denunció ser víctima de una «estafa procesal» por parte del funcionario, por considerar que tramitaba la denuncia a sabiendas de que no existía delito, al haber participado él mismo en el expediente.

El archivo se produce porque el informe del fiscal estableció el pasado septiembre que, si bien en el proceso de produjeron «irregularidades administrativas» al mantener el contrato con la firma de Novaterra en el tiempo y en la tramitación del expediente pero «no se adoptó una decisión arbitraria e ilegal sino que hubo «un cúmulo de imprevistos» que «no es posible elevar a delito penal por falta de concurrencia de dolo». Por todo ello, el fiscal recomendó el sobreseimiento del caso y el juez ha archivado.

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