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Tribunales

El juzgado exime a Mislata de indemnizar a Lubasa con 700.000 euros por los aparcamientos

La sentencia da carpetazo definitivo al conflicto en el que el ayuntamiento ha logrado recuperar 1,2 millones de la empresa

Entrada al aparcamiento de la plaza Músico Ibars, que la constructora dejó por acabar. l-emv

El juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de València ha rechazado la demanda de Lubasa en la que reclamaba al Ayuntamiento de Mislata un pago de 550.000 euros más intereses, como consecuencia de la resolución del convenio que firmaron ambas partes hace años por la construcción y explotación de cuatro aparcamientos del municipio. La sentencia, que ya es firme, da el carpetazo definitivo a un largo litigio, que ha permitido recuperar a las arcas municipales alrededor de 1,2 millones, además de la cantidad de la que ha sido eximida en este fallo.

El caso arrancó en la última legislatura del PP. Lubasa abandonó los tres aparcamiento públicos que explotaba al ver que el negocio no sería rentable y dejó a medio hacer el cuarto, en la plaza Músico Ibars, quedando un enorme socavón. En julio de 2009, contrata y ayuntamiento pactaron la liquidación del contrato, en la que el consistorio abonó a la mercantil 16,7 millones. En 2011, el PSOE de Carlos F. Bielsa aprobó por pleno declarar lesivo dicho pago y el gobierno llevó el caso al Juzgado de lo Contencioso.

La sentencia fue favorable a los intereses municipales, al estimar el recurso de lesividad y anulando el convenio de liquidación firmado años antes por las partes. El magistrado eximía al consistorio de abonar diferentes conceptos, como tasas e impuestos y honorarios facultativos, además de reclamar daños y perjuicios. En total, la mercantil debía retornar al ayuntamiento 6 millones.

La empresa constructora recurrió al TSJ. El tribunal estimó su apelación parcialmente, rebajando a 732.377 más IVA la cantidad que debía recuperar el consistorio por las tasas e impuestos cobrados dos veces. En cambio, rechazaba que el ayuntamiento percibiera ahora los 3,1 millones por daños y perjuicios, ya que el gobierno del PP debería haberlos cuantificado e incluido en el convenio de liquidación en su momento, y no a posteriori.

El ayuntamiento mislatero acudió al Supremo. El alto tribunal consideró en una resolución de julio de 2018, que la mercantil devolviera al consistorio la cantidad de 849.558 euros más los intereses legales y procesales desde julio de 2009, cantidad cercana a los 300.000 euros. En total, la deuda de la empresa con Mislata quedó fijada de forma definitiva en casi 1,2 millones.

Paralelamente a este procedimiento judicial, la constructora inició otro contra el consistorio en el que reclamaba 549.625 euros más intereses (cantidad que supera los 700.000 euros) por la falta de pago municipal atendiendo a los efectos y alcance de la resolución del convenio que firmaron en su día las partes. Este proceso quedó suspendido en noviembre de 2014, debido al litigio que se estaba enjuciando sobre la lesividad del acuerdo sellado en 2009.

El auto firmado el lunes por la titular del juzgado de lo contencioso número tres, concluye que, según el artículo 69 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, procede inadmitir un recurso que recayera sobre una cosa juzgada, como es el caso, o existiera litispendencia, que exista un litigio pendiente.

Además, la magistrada indica en su resolución, que la mercantil no aportó como prueba ni el convenio objeto de la demanda ni su fecha. En este sentido, la jueza señala que la rescisión del convenio se aprobó en un acuerdo plenario que fue objeto de la sentencia de 2017, con sus posteriores recursos al TSJ y al Supremo. Además, asevera que el citado convenio carece de la consideración de acto administrativo, no como el acuerdo plenario que lo ratifica. Por ello, rechaza que el convenio que firmaron las partes sea objeto de un recurso contencioso independente del acuerdo plenario, que en este caso ya está sentenciado.

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