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Solicitud

Cinco consistorios reclaman informes de legalidad del pleno de la Mancomunitat

Esgrimen que el sistema de dos votos por pueblo supone "un claro perjuicio a los derechos políticos del municipio"

Pleno de elección de Eva Sanz, en la Mancomunitat de l'Horta Sud. m. h. s.

Un total de cinco ayuntamientos de l'Horta Sud, todos ellos con alcalde o alcaldesa socialista, han presentado en la Mancomunitat reclamaciones sobre el pleno de elección de la presidencia, celebrado hace varias semanas, y en concreto sobre el nuevo sistema de voto que se utilizó. Los y las representantes de estos municipios han exigido informes de legalidad que avalen el cambio del voto ponderado, que regía hasta la fecha, por el de dos sufragios por cada municipio (los de sus dos representantes) y se quejan de que ese nuevo sistema supone «un claro perjuicio a los derechos políticos» de la población.

La reclamación ha sido presentada, por el momento, por los ayuntamientos de Torrent, Picanta, Picassent, Aldaia y Albal. Todos ellos han utilizado escritos similares en los que defienden sus argumentos. Por su parte, el alcalde de Xirivella, Michel Montaner, explica que todavía no ha realizado el trámite porque su secretario municipal está estudiando el texto consensuado por el resto de sus compañeros de partido.

El asunto tiene su origen en el pleno de elección de la presidencia, un cargo al que, por primera vez en la historia, optaron dos candidatos socialistas, que se enfrentaron, al no haberse podido poner de acuerdo antes y apostar por una sola propuesta. Una de ellas era la alcaldesa de Benetusser, Eva Sanz, que salió elegida por 14 votos a 13, con el nuevo sistema. El voto de los y las representantes del PSPV se dividió, mientras Compromís se abstuvo y el Partido Popular votó primero a su propia candidata y, en segunda ronda, optó también por la abstención.

El otro aspirante era el alcalde de Aldaia, Guillermo Luján, al que había designado la ejecutiva comarcal y era, por tanto, el candidato oficial del PSPV.

Los partidarios de Luján han asegurado, desde ese día, que aplicando el sistema anterior de voto (de forma ponderada según los habitantes de cada municipio) el alcalde de Aldaia hubiera ganado por más de 40 votos a Sanz ya que tenía el respaldo de algunas de las poblaciones más grandes. No obstante, la secretaria de la Mancomunitat indicó que la nueva ley aprobada por el Consel en 2018, había cambiado el método.

Tras la amenaza de impugnación del PP (luego los alcaldes y ediles se echaron atrás), los críticos con Eva Sanz han iniciado un proceso administrativo para tratar de revertir el resultado. La primera acción ha sido las reclamaciones de los cinco primeros ayuntamientos. En los escritos, defienden que, con la aplicación de la nueva ley, el voto correspondiente a cada consistorio «no tuvo un valor ponderado equivalente» a su población «con un claro perjuicio a los derechos políticos del municipio» ya que las aportaciones económicas a la Mancomunitat se realizan por densidad demográfica.

Además, se indica que la nueva ley tiene una «Disposición Transitoria Única» que «estableció un plazo de un año para la adaptación de Estatutos a la misma, sin que hasta la fecha se haya llevado a cabo» pero ello no significa que los actuales reglamentos queden sin efecto. Asimismo, en el escrito se señala que, si bien se votó en base a la nueva ley y no a los estatutos, la convocatoria sí que se hizo en función de ese reglamento propio de la Mancomunitat.

«Ante tales irregularidades, que afectan gravemente a los derechos políticos de los representantes del Ayuntamiento», cada uno de los cinco municipios reclama que «se proceda a solicitar los informes jurídicos adecuados a fin de depurar la legalidad de la citada sesión constitutivo y restituir los derechos políticos correspondientes al municipio».

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