El Ayuntamiento de Torrent ha publicado la tercera remesa del pago de las ayudas municipales directas a pymes, autónomos y comercios locales afectados por la crisis del Covid-19. El consistorio ya ha destinado un importe total de 210.350 ? a estas ayudas.

En esta tercera remesa se conceden 80 subvenciones de 700 euros para los beneficiarios que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación de estas ayudas a través de un local en régimen de arrendamiento y que hubieran sido objeto de suspensión de su ejercicio. A éstas, se suman 45 subvenciones de 350 para aquellas que desarrollen actividades incluidas en el ámbito de aplicación de estas asistencias y no sea mediante un local en régimen de arrendamiento.

Hasta la fecha, un total de 356 pymes, autónomos y comercios locales han sido beneficiarias de estas ayudas. De ellas, 111 correspondientes a 350?, y 245 de 700?.

Estas subvenciones están incluidas dentro del Plan de Actuación Municipal contra el COVID-19 y cuentan con un presupuesto total de 900.000 ?, partida que garantiza que todos los comerciantes y pequeñas empresas que han solicitado la ayuda y cumplan con los requisitos que se marcaban en las bases cobrarán la subvención del Ayuntamiento.

Por su parte, el Ayuntamiento de Burjassot ha lanzado una nueva línea de ayudas de concesión directa para la reactivación económica de las empresas del municipio. El alcalde de Burjassot, Rafa García, avanza que «pensando siempre en ayudarles en todo lo que esté en manos del Ayuntamiento, hemos lanzado esta nueva línea de ayudas que llegarán hasta los 100.000? y que van a ir destinadas a la reactivación de la actividad económica local, apoyando a autónomos y microempresas que se están viendo obligadas a hacer frente a nuevos gastos en materia de protección y seguridad sanitaria».

La ayuda se concederá por el régimen de concesión directa para, a partir de septiembre, como se ha señalado, ayudar en la medida de lo posible a la reactivación económica de los autónomos y microempresas de Burjassot. La ayuda tiene carácter finalista por lo que el importe de la subvención concedida no podrá ser empleado para otros fines que no sean gastos e inversiones que se realicen en medidas de seguridad e higiénico sanitarias cuya finalidad sea proporcionar las adecuadas condiciones para clientes y trabajadores ante la crisis sanitaria.

Sin exhaustividad, serán objeto de las ayudas, entre otros, la adquisición y/o colocación de los siguientes equipamientos y servicios en los comercios o servicios: Mascarillas, guantes y EPIS tanto para los clientes como para los trabajadores; dispensadores de gel desinfectante; parabanes, mamparas, biombos, etc... que garanticen la seguridad sanitaria; mejoras de sistemas de climatización: limpieza, colocación de filtros...); señalizaciones de seguridad; sistemas de medición de temperatura o cañones humidificadores o arcos de pulverización para desinfección.

La cantidad máxima a subvencionar será del 50% del importe total, IVA excluido, siempre con el límite de 400? por establecimiento. A partir de septiembre se informará de la fecha de publicación para que se puedan presentar las solicitudes.