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Denuncian trato humillante de agentes de Policía Nacional de Paterna a dos migrantes

Las dos mujeres acudieron a la comisaría para tramitar el DNI para sus hijos y salieron con una multa y una orden de expulsión

Comisaría de Paterna

Comisaría de Paterna

V.S.L.

Paterna

València Acull ha denunciado la situación sufrida por dos mujeres colombianas en la Comisaría de la Policía Nacional de Paterna. La entidad revela que las dos mujeres acudieron a la instalación para pedir el DNI para sus hijos, pero los policías “les presionaron para que desistieran, les acusaron de aprovecharse de la legislación española, les recomendaron no recurrir a un abogado, las sometieron a un interrogatorio inapropiado y, finalmente, a una le abrieron un expediente con una propuesta de multa de 501€ y a la otra, la “expulsión del territorio nacional”, según València Acull, que recuerda que en el calabozo de esta misma comisaría fue encerrada en febrero de 2019 para ser deportada de forma exprés, Carmen Leigue, una mujer boliviana de 63 años que llevaba 17 años viviendo en València, trabajadora del hogar y de los cuidados, y con dos hijos y tres nietos españoles. El respaldo ciudadano a la iniciativa contra su expulsión impulsada por la Campaña por el Cierre de los CIE y el fin de las deportaciones logró su liberación.

Según relata València Acull, una de las mujeres acudió el pasado 3 de noviembre a la comisaría para tramitar el DNI de su bebé, pero le dijeron que volviera al día siguiente porque no estaban los funcionarios que realizan esa gestión. Sandra, nombre ficticio, llevaba la inscripción de su hijo en el registro donde figura el reconocimiento por presunción de la nacionalidad española para el pequeño. El Código Civil español establece la nacionalidad por presunción cuando el país de origen de los padres no se la concede a sus hijos o hijas si nacen en el extranjero, como es el caso de Colombia; el artículo 17 determina que son españoles de origen: c) Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad; d) Los nacidos en España cuya filiación no resulte determinada. A estos efectos, se presumen nacidos en territorio español los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.

Por esta razón, Sandra, con su bebé en brazos, se puso en la cola frente a la comisaría el día 4. Un policía se le acercó y le preguntó a qué venía. Se lo explicó, pero mientras le hacía salir de la cola, le dijo que no tenía que sacar el DNI “y que me iban a dar la carta de expulsión”. Llamaron a otro funcionario, que se la llevó a un despacho para iniciarle el procedimiento por estancia irregular. Este policía consideró una “tontería que te haga una orden de expulsión cuando de aquí a un día o dos o una semana tu hijo va a tener nacionalidad y me vas a pedir el familiar comunitario. Entonces, te vamos a poner una multa”. Además, según València Acull, le dijo que había tenido “toda la suerte del mundo porque hasta hace pocos días sólo se podía proponer la expulsión”.

El agente se refería a la sentencia del pasado 8 de octubre del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que impide a España expulsar inmigrantes sólo por estar en situación irregular. Sandra trató de explicarle su situación y que el padre de su bebé también es colombiano y ha solicitado asilo “porque es desplazado por la guerrilla”. “Como todos, como todos…”, dijo el policía y “le recriminó que tanto su marido como ella se aprovechan de la legislación: “La ley española dice que no debería ser así que tu hijo sea español, pero tú te aprovechas de una vez más de la ley de tu país, pues es lo que hay, ahora tienes que pagar una multa”.

Sandra, según el relato de València Acull, “se sintió muy ofendida porque entendió que el agente le había acusado de utilizar a su hijo como un medio para acceder a la residencia; el policía lo negó, pero insistió en que “te aprovechas de que tu país no reconoce a tu hijo para que le den la nacionalidad española, lo demás lo has dicho tú. Pues si te aprovechas, pues tendrás que pagar una multa”.

Cuando acabó el papeleo, le informó de que disponía de 15 días de plazo para presentar alegaciones y podía buscar un abogado. Sandra le dijo, que no podía pagar un abogado porque estaba recurriendo a Cáritas para poder comer y el agente contestó: “Yo te recomiendo que no lo hagas, básicamente por una cosa muy sencilla, te va a cobrar dinero, y al fin y al cabo hay un hecho muy sencillo… Ahora te voy a hacer una copia de tu pasaporte, donde hay un sello de entrada del 28, y aquí no hay más. Puedes alegar lo que quieras, pero es lo que hay”, explica la entidad. Además, le dio a entender que debería estar agradecida porque no la había detenido y proponía una cuantía de multa mínima.

València Acull asegura que el funcionario “no sólo incumplió la normativa de no hacer valoraciones sobre el caso que estaba instruyendo sino que ni verbalmente ni en el expediente se le informó a Sandra de su derecho a solicitar la asistencia jurídica gratuita. El agente concluyó: “En cualquier caso, has estado trabajando, no has estado cotizando, no has estado pagando una Seguridad Social, si te has puesto enferma has ido al médico… al final es lo que hay, tú te vas aprovechando de las cosas, no te juzgo, pero te has estado aprovechando de unos beneficios, pues oye, ahora te toca pagar 500 euros, pues oye, después de todo lo que has recibido pagar 500 euros tampoco es tanto. Al final, lo que tú veas… Llora todo lo que quieras, di que esto es racismo, es xenofobia, lo que tú quieras, pero te has estado aprovechando de aquí durante equis tiempo y es lo que hay…” Sandra se tuvo que ir sin el DNI de su bebé porque el policía le dijo que ya era “muy tarde”. Pero volvió al día siguiente a por el documento.

Una situación humillante similar vivió Lucía (nombre ficticio) días antes en la misma comisaría, según València Acull. “Tampoco la atendieron la primera vez y tuvo que ir al día siguiente, 30 de octubre, a tramitar el DNI de su hijo. Directamente se la llevaron para incoarle el expediente por estancia irregular no sin antes espetarle que “tú eres colombiana, tu hijo también y no puede tener DNI español”, a pesar de mostrarle al policía la inscripción del registro de presunción de la nacionalidad española; “decía que ese documento no es válido”, asegura Lucía.

La entidad indica que este agente “se dedicó a hacerle todo tipo de preguntas personales (quién era el padre, su nacionalidad, estudios, ¿por qué estaba tan grande el niño?, por dónde había entrado a España…) innecesarias para el procedimiento que estaba instruyendo”. El policía concluyó el expediente con una propuesta de expulsión que “vulnera lo establecido por la sentencia del TJUE y, además, no la dirigió a hacer el trámite del DNI, que era para lo que Lucía había acudido ese día a comisaría”. Finalmente, obtuvo la documentación para su bebé en la comisaría de Mislata, donde la policía le dijo que sus compañeros de Paterna “no debían haberme hecho eso. La verdad es que lo que me ocurrió en la comisaría de Paterna fue horrible, denigrante, humillante…”, afirma Lucía.

Una abogada de oficio presentó alegaciones y el expediente de expulsión fue archivado, mientras que en el caso de Sandra sigue el procedimiento de sanción de 501 euros. Para València Acull, las actuaciones policiales descritas “no sólo suponen un trato humillante para las víctimas y una conculcación de sus derechos sino que vulneran la intención de las reiteradas recomendaciones del Defensor del Pueblo al Ministerio del Interior para que las personas migrantes en situación irregular puedan acudir a denunciar delitos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado sin miedo a que se les incoe un expediente sancionador”. Aunque en este caso las dos madres sólo iban a realizar un trámite amparado por la ley, “resulta cuestionable que la misma policía que debe atenderlas aproveche esa circunstancia y centre su gestión en comprobar su situación administrativa y en sancionarlas. Estas situaciones generan desconfianza en la policía y deja en absoluta desprotección a las personas en situación administrativa irregular no sólo para denunciar delitos sino para realizar todo tipo de trámites”. 

Por su parte, la Policía Nacional ha informado de que ha solicitado un informe para conocer la versión de los agentes y esclarecer lo sucedido.

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