El Juzgado de lo Penal número seis de València ha condenado a cuatro meses de prisión a un vecino de Catarroja por un delito relativo a la protección de animales domésticos, recogido en el artículo 337.1 del Código Penal, por no prestar la debida atención a su perra Aika, de raza Doberman. Según declara probado la sentencia, el acusado “no atendió a sus necesidades mínimas, abocando a la perra, de forma deliberada, a una lenta y segura cadena de graves padecimientos y enfermedades, que podrían haber desembocado en su muerte”.

El triste desenlace se pudo evitar gracias a que el 29 de octubre de 2017 el animal fue recogido y trasladado al refugio de animales El Rebrot de l’Horta. Ante el pésimo estado en el que se encontraba Aika, la perra fue trasladada de urgencia a la Clínica Veterinaria Innova. El animal presentaba “una condición corporal pésima, con severa pérdida muscular, secundaria a atrofia, incapaz de mantenerse en estación y moverse, con evidente dolor a la manipulación ortopédica, grave grado de deshidratación, dermatitis generalizada con descamación severa y presencia de heridas en región tarsal por abrasación, región lumbar por abrasión y en región isquiopubiana derecha, profunda y con severa pérdida de epitelio cutáneo”, según se describe en el relato de hechos probados de la sentencia.

Asimismo, fue necesaria su hospitalización inmediata en la Clínica de Especialidades Veterinarias Aúna, todo ello con el fin de corregir los desequilibrios hidroelectricolíticos y deshidratación severa observados, y para tratar las heridas y la enfermedad infecciosa (Leishmaniosis) que presentaba. Gracias a estos cuidados la evolución del animal fue favorable y poco a poco recuperó la movilidad, hasta ser completamente autónoma.

Además de esta evidente falta de atención a su perra, que tenía en una zona de cuadras paralela a la CV-400, en el término municipal de Catarroja, el ahora condenado tampoco había implantado al animal el correspondiente microchip identificativo.

El fallo impone al acusado cuatro meses de prisión de la pena de un año que solicitaba la Fiscalía de Medio Ambiente. Asimismo se le inhabilita para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos por tiempo de un año y un mes. La acusación particular ha sido ejercida por la protectora Modepran, a través del abogado Felipe del Baño. En concepto de responsabilidad civil el condenado deberá indemnizar al refugio El Rebrot de l’Horta con 1.597 euros.