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Massalfassar saca adelante su catálogo tras 10 años de litigios con la conselleria

El Supremo anuló la exigencia de Patrimonio de proteger un yacimiento arqueológico y una fábrica de jabón de los que el consistorio negaba su existencia, así como la estación, que carecía de valor tras numerosas intervenciones y reformas

Obras para poner en valor el antiguo lavadero

Han tenido que pasar más de diez años para que el Ayuntamiento de Massalfassar tenga aprobado su catálogo de bienes y espacios protegidos dentro de su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Fue el pasado 12 de mayo cuando se publicó en el BOP la aprobación definitiva de este inventario en cumplimiento de una sentencia del 31 de agosto de 2015. Una demora que se debe al paso del catálogo por el juzgado, después de que el consistorio no aceptase una serie de requerimientos promulgados desde la Unidad de Patrimonio de la conselleria de Cultura.

El procedimiento se remonta al 7 de noviembre de 2007, cuando la Comisión Territorial de Urbanismo (CTU) acordó supeditar la aprobación definitiva del PGOU de Massalfassar a la subsanación de determinadas deficiencias en el Catálogo de Bienes. En concreto, Patrimonio exigía la inclusión como elementos protegidos de un yacimiento arqueológico, la fabrica de jabón, la estación ferroviaria y el lavadero.

Contra estos acuerdos, el Ayuntamiento de Massalfassar interpuso un recurso contencioso administrativo, ya que consideraba que no había restos ni del yacimiento arqueológico ni de la fábrica de jabón que tuvieran que ser protegidos. En cuanto a la estación, el consistorio aseguraba que había sufrido tantas i intervenciones que el inmueble carecía ya de valor patrimonial, mientras que en el caso del lavadero, informaba que ya era Bien de Relevancia Local y, por tanto, estaba protegido.

El 24 de julio de 2012, la sección Primera de la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano dictó una sentencia en la que estimaba parte de los recursos y dejaba sin efecto el acuerdo de la CTU del 25 de septiembre de 2008, aunque seguía requiriendo la incorporación de algunos de los elementos requeridos por Patrimonio para la aprobación del PGOU. Por ejemplo, se aceptaba no incluir el yacimiento arqueológico pero, en su defecto, sí se exigía recoger una antigua alquería musulmana y establecer un área de vigilancia. Contra esta sentencia, sin embargo, el Ayuntamiento de Massalfassar interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo , institución que, en sentencia del 10 de diciembre de 2014, anulaba el fallo del TSJ y eximía al Ayuntamiento de Massalfassar de cumplir los condicionantes marcados por Patrimonio, en lo referente a a la alquería, la fábrica de jabón, la estación y el lavadero.

Esta sentencia obligaba a que la comisión Territorial de Urbanismo adoptara un nuevo acuerdo incluyendo el cumplimiento de las sentencias, como lo ordenó la dirección general de Evaluación Ambiental, Territorial y Urbanística el 31 de agosto de 2015.

Cinco años de parón

No obstante, eso no ocurrió hasta que el 27 de julio de 2020, cinco años después, el consistorio solicitara a la conselleria que diera las instrucciones pertinentes para la publicación de la aprobación definitiva del catálogo, en cumplimiento de las sentencias. Finalmente, el 7 de octubre de 2020 la CTU acordó por unanimidad ampliar la aprobación definitiva del PGOU de Massalfassar al Catálogo de Bienes y Espacios Protegidos, que finalmente fue publicado en el BOP el pasado 12 de mayo.

«Es un ejemplo de lo largos y tediosos que puede ser estos procedimientos, aunque esto no nos ha provocado ningún problema con nuestro plan general», afirman el alcalde Álvaro Montañés.

El consistorio pide que la vía pecuaria no pase por el polígono

Otro de los condicionantes que exigía Urbanismo al Ayuntamiento de Massalfassar para la aprobación definitiva del PGOU era la introducción de la Vía Pecuaria «Vereda de Lliria», propiedad de la Generalitat Valenciana, como suelo no urbanizable dentro del polígono. El Supremo, en su última sentencia, requiere al consistorio para que presente ante la conselleria el texto refundido con esta modificación. Sin embargo, el ayuntamiento ha presentado un requerimiento argumentando que debido a la falta de uso como vía pecuaria de esta vereda, en lugar de incorporarla al planeamiento urbanístico municipal, sería mejor modificar el trazado de este camino y que pasase por la vía de servicios de la CV-32, cuya titularidad ya no es del consistorio.

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