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El juez anula que Paterna asuma el servicio de agua potable en la Canyada

El ayuntamiento anuncia que acudirá hasta el Tribunal Supremo

Vista área de una parte del barrio residencial de la Canyada, en Paterna. | A.P.

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha estimado el recurso presentado por la Cooperativa Valenciana El Plantío y La Canyada, contra la caducidad de la concesión para el abastecimiento de agua potable que lleva desarrollando desde hace décadas. La sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, anula el acuerdo plenario de 2018 por el que se aprobaba que la prestación del servicio hídrico pasara a manos de Aguas de Paterna, participada por fondos públicos.

La Cooperativa del Plantío y la Canyada comenzó a abastecer de agua a los vecinos, al menos, desde 1964, según la documentación municipal. En aquel tiempo cada chalé debía hacer socio y aportar el capital para costear las obras, mantenimiento y recibir el agua mediante conducciones procedentes de pozos.

Poco después de la llegada del PSOE a la alcaldía en 2015, se inició el largo proceso para revertir el servicio de agua potable al consistorio, bajo la gestión de la firma mixta Aguas de Paterna. El objetivo municipal era unificar el abastecimiento de todos los barrios bajo un único servicio, debido a la disparidad de empresas, precios y calidad de los servicios.

Tras un periodo de exposiciones y presentación de alegaciones, el PSOE llevó al pleno de abril de 2016 un acuerdo que incluía: desestimar las alegaciones de la cooperativa, declarar la concesión tácita (habían pasado más de 50 años desde su nacimiento) y la reversión del servicio al ayuntamiento de más de 3.500 abonados, aprobar la ampliación del ámbito de gestión de Aguas de Paterna para cubrir el abastecimiento de la Canyada, dar cuenta de la memoria para implementar el servicio en el barrio residencial y requerir a la cooperativa que siguiera prestando el servicio hasta que lo asumiera la firma mixta. El acuerdo salió adelante con los votos de PSOE, Compromís, Paterna sí Puede y dos concejales no adscritos. PP y Cs, en contra.

La cooperativa presentó un recurso de reposición contra el acuerdo plenario, que ni siquiera fue contestado. Posteriormente planteó un contencioso administrativo, que fue desestimado. Ahora bien, el recurso contra ese fallo sí ha sido admitido ahora por el TSJ, que ha dado la razón por completo a la cooperativa.

En la sentencia, el juez considera «evidente, palmario», que Paterna, entre 1964 y 2018, «no ha seguido actividad alguna tendente a regular y supervisar el abastecimiento de agua que gestiona la cooperativa». Así, la sala establece que la decisión del pleno de abril «contraría el ordenamiento jurídico» en cuanto a la declaración de «caducar la concesión tácita y la reversión al ayuntamiento del servicio de abastecimiento de agua». Y argumenta que la causa determinante para la invalidez jurídica es que Paterna «no ha demostrado la vigencia de un supuesto de concesión tácita». Por tanto, la estimación íntegra del recurso de la cooperativa supone la nulidad de todos los puntos del acuerdo plenario. Cabe recordar que el abastecimiento ha seguido y sigue en manos del Plantío a causa del proceso judicial.

Desde el equipo de gobierno, fuentes oficiales, se limitaron a apuntar que presentarán recurso de casación ante el Supremo.

Beneficio para los vecinos

Por su lado, María Villajos, portavoz del PP, se ha felicitado de que el TSJ «haya parado los pies» al alcalde Juan Antonio Sagredo, «que de buen seguro iba a acabar haciendo pagar más a los vecinos de la Canyada por el agua». El PP se alegra de la sentencia, «que pone de manifiesto que las imposiciones y las políticas caciquiles en Paterna tienen los días contados». Villajos resalta «el beneficio» que el pronunciamiento judicial «supone para los vecinos de la Cañada, que al fin y al cabo, son los que más perjudicados podrían haber acabado, tanto por la pérdida de valor de sus participaciones como por el incremento del coste de agua que de buen seguro iba a suceder».

El Consorcio Aiguës de l’Horta ha aprobado la modificación de los estatutos del ente, con el objetivo de mejorar su funcionamiento y dar mayor transparencia a su gestión. La luz verde se produjo en la asamblea telemática celebrada el miércoles.

Fue Compromís quién reveló ayer que se habían aprobado los estatutos, sobre todo, para reprochar que el proceso para modificar el texto se inició en la anterior legislatura y que recibió el respaldo del 80% de la asamblea de representantes de los municipios que pertenecen al consorcio. Pero tras las elecciones del 2019 y el aumento del control del PSOE, «la modificación quedó aparcada».

Ahora, más de un año después y tras recursos judiciales, el Consorcio de Aigües de l’Horta ha dado luz verde a la modificación de sus estatutos, que conservan buena parte de las aportaciones que se hicieron en 2018. Entre ellas, que las decisiones de calado ya no serán competencia exclusiva de la junta directiva, que controla el PSOE, sino de toda la asamblea.

Por ejemplo, inversiones superiores a los 300.000 euros o la prorroga de la concesión del servicio, ahora en manos Aigües de l’Horta, participada al 51% por el Ayuntamiento de Torrent.

En este sentido, el exalcalde de Xirivella y ahora concejal, Ricard Barberà, recriminó que se ha aprobado la modificación de estatutos «casi tres años después, con una parálisis injustificada que ha impedido centrar esfuerzos en mejorar el servicio de agua». En este sentido, acusó al presidente del consorcio Pepe Almenar, alcalde de Picanya, de «no querer que el órgano funcione como una administración pública y necesita de una empresa con la que maniobrar sin dar explicaciones».

El consorcio de l’Horta Sud modifica sus estatutos

Las decisiones de mayor calado recaerán en la asamblea y no en la junta directiva como hasta ahora

A.C. xirivella

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