El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha reconocido el derecho de los agentes de Policía Local fijos del turno de noche de Xirivella a que les compensen con una hora y media de trabajo por hora realizada. La aplicación de la sentencia tiene hasta cuatro años de retroactividad, que, en el caso del agente que inició el proceso en 2019, llegaría hasta siete años. La indemnización rondaría los 120.000 euros.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), que fue quien llevo el caso al juzgado, explica que el Boletín Oficial de la Provincia de 24 de junio de 2010 publicó el acuerdo alcanzado por la mesa de negociación sobre nocturnidad. “Se considera trabajo nocturno el que se realiza entre las 22 horas y 6 de la mañana. Esta prestación de servicios se compensará a razón de una hora y media por cada hora trabajada”, recogía el BOP.

El sindicato señala que, a pesar de este punto, los ocho agentes que habitualmente componen este turno no percibían esa hora y media por hora trabajada. "El problema se fue enquistando y, a pesar de los intentos de negociación, el Ayuntamiento no accedía a incluir esa compensación", explican desde el CSIF. En marzo de 2019 el sindicato presentó, en nombre de un trabajador, la solicitud para exigirla y, al no obtener respuesta, interpuso recurso contencioso administrativo.

La central sindical continúa relatando que en octubre de 2020 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 7 de Valencia daba la razón al sindicato al, tal como indica el fallo, “condenar a la demandada a que compute cada hora de trabajo como una hora y media de trabajo efectivamente realizado, con los efectos retroactivos de cuatro años desde la fecha de solicitud”.

El sindicato apunta que el ayuntamiento presentó recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana. La sala de lo contencioso-administrativo, Sección 2, ha ratificado ahora lo dictaminado en primera instancia al “desestimar el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Xirivella” e imponiéndole las costas procesales.

El ayuntamiento tendría que compensar las horas extra de cuatro años con efectos retroactivos

CSIF insta al consistorio a que aplique de inmediato la sentencia. Esto supondría la compensación a este agente de las horas extra de los tres años transcurridos hasta 2019, cuando presentó la solicitud, más los cuatro anteriores con efectos retroactivos. En total, de siete años. En el caso del resto de empleados del turno de noche, podría hacerse extensiva la resolución si lo solicitan los afectados, lo que obligaría al Ayuntamiento a compensarles las horas extra de cuatro años con efectos retroactivos.

El sindicato añade que esa circunstancia afectaría, proporcionalmente según el tiempo de trabajo desarrollado, a cualquier agente que hubiera desempeñado su labor en el turno de noche en el último cuatrienio, aunque ahora esté jubilado, en otro turno o en otro ayuntamiento. En total, podría superar la decena de agentes locales.

Xirivella presentará recurso de casación

Por su parte, desde el Ayuntamiento de Xirivella han asegurado que van a presentar recurso de casación ante el Tribunal Superior de Justicia. Además, recuerdan que en 2010 la mesa de negociación aprobó las actuales condiciones y retribuciones para la plantilla de la Policía Local de Xirivella, pero hubo un error de transcripción en el BOP, que ha provocado este proceso judicial, iniciado en 2019. "Durante esos nueve años anteriores se compensó lo que se había aprobado en la mesa", explican fuentes municipales.

Este mismo lunes, el BOP ha publicado una rectificación del Ayuntamiento de Xirivella, sobre aquella publicación de 2010. Así, donde se decía que: “Se considera trabajo nocturno el que se realiza entre las 22 horas de la noche y las 6 de la mañana. La jornada ordinaria de trabajo nocturno no podrá exceder de 8 horas continuadas. Los puestos de trabajo que tengan asignado disponibilidad o turnicidad y comporte trabajar en horario nocturno se les abonará el porcentaje que corresponda. Esta prestación de servicios se compensará a razón de una hora y media por cada hora trabajada. Los turnos fijos que se desarrollen en su totalidad en nocturno tendrán un incremento del 75% sobre la tabla retributiva genérica"; debe realmente decir: “Se considera trabajo nocturno el que se realiza entre las 22 horas de la noche y las 6 de la mañana. La jornada ordinaria de trabajo nocturno no podrá exceder de 8 horas continuadas. Los puestos de trabajo que tengan asignado disponibilidad o turnicidad y comporte trabajar en horario nocturno se les abonará el porcentaje que corresponda. Esta prestación de servicios se compensará a razón de una hora y media por cada hora trabajada, o se retribuirá con la cuantía y del modo en que se determine en este catálogo".

Esta última coletilla es la gran novedad, debido a que el juez parece haber interpretado en su sentencia en base a la redacción del BOP de 2010 que se ha de compensar esas horas extra nocturnas con libranzas, pero también económicamente. De ahí la rectificación de "O se retribuirá con la cuantía...."

Cs pregunta el coste para el ayuntamiento

El portavoz de Ciudadanos (Cs) Xirivella, Enrique Lozoya, ha advertido que “el ayuntamiento podría haber evitado la sentencia" e insta al ayuntamiento “a detallar cuánto dinero va a suponer esto a las arcas municipales”.

 “No entendemos que se haya llegado tan lejos sin intentar llegar a un acuerdo”, ha esgrimido el edil de la formación, al tiempo que ha recordado que “hace un año, Cs ya pidió públicamente al gobierno que negociara con los sindicatos policiales para evitar una condena de este tipo”.

 En la misma línea, ha explicado, “siempre dijimos que hay que agotar todas las vías antes de llegar a procesos judiciales, que nos salen muy caros”. “Una vez más queda patente la incapacidad de este equipo de gobierno para consensuar y llegar a acuerdos, en este caso con el sindicato CSIF”, ha lamentado.