Pasa de curso con seis suspendidas porque el padre recurre que no se evaluó bien ante Educación
El alumnado de un IES de l'Horta protesta por considerar "injusta" la promoción y Conselleria remite a la Ley Celaá

Pancarta puesta por el alumnado en el IES en señal de protesta. / L-emv
El curso en un IES de l'Horta Sud, cuyo nombre no revelamos por proteger al menor, ha empezado de forma convulsa, al comprobar que un alumno había promocionado de curso pese a que acabó el pasado con seis asignaturas suspendidas y la orden de repetir Tercero de la ESO. Una decisión que el alumnado ha considerado "injusta", y así lo ha denunciado a través de una pancarta colgada en el IES con el lema "Igualtat en la evaluació, igualtat en el futur". También con una sentada en el propio centro secundada por parte del alumnado. Tanto las familias como el consejo escolar y la dirección del centro apoyan estas iniciativas del alumnado, aunque son conscientes que se debe acatar la decisión de la Inspección de Educación.
Y es que la orden de promocionar de curso contradiciendo a la dirección del centro fue emitida directamente desde Educación, quien envió una resolución el 31 de julio al centro comunicando que había decidido atender un recurso de alzada presentado por el padre del alumno ante la inspección al no estar de acuerdo con las calificaciones de su hijo. Inspección Educativa procedió, tal como establece la Orden 32/2011, a la elaboración de un informe en el que se detectaron múltiples disfunciones en el procedimiento de evaluación que afectaban al derecho a una evaluación objetiva y competencial atendiendo al Decreto 107/2022.
El Decreto 107/2022 en su artículo 37 recoge que “se tiene que garantizar el derecho del alumnado a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados y reconocidos con objetividad, para lo que se tienen que establecer los procedimientos oportunos que, en todo caso, tienen que atender a las características de la evaluación dispuestas en la legislación vigente a nivel estatal y autonómico y, en particular, al carácter continuo, formativo e integrador de la evaluación en esta etapa”.
Aplica la Ley Celaá
No obstante, desde Educación, tras consulta de este diario, recuerdan que un alumno puede pasar de curso con asignaturas suspendidas, ya que el artículo 28 de la Lomloe (Ley Celaá), Evaluación y Promoción, se señala que “la permanencia en el mismo curso se considerará una medida de carácter excepcional”. Conselleria recuerda que es una ley estatal, no autonómica.

Isabel Celaá. / L-EMV
El centro tampoco puede hacer nada ante la orden de Inspección, ya que la resolución de la Dirección Territorial ante el recurso de alzada pone fin a la vía administrativa. Únicamente cabe recurso extraordinario de revisión en los casos establecidos en el art. 125.1 de la Ley 39/2015.
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