Sin ayudas estatales de vivienda tras la dana por no estar empadronados como residencia habitual
Los vecinos del Mas del Jutge denuncian que se incumple la Ley al no aceptarse otros documentos que no sea el padrón para acreditar que es residencia habitual, y cobrar la subvención por daños

Estado de las casas tras el desbordamiento del barranco en Torrent. / A.T.
Los vecinos de Mas del Jutge de Torrent que perdieron o tuvieron graves daños en su casa tras desbordarse el barranco de l’Horteta o de Saurí aquel fatídico 29 de octubre de 2024 siguen sin recibir ninguna ayuda estatal por vivienda afectada. Mientras que sí han optado a las del Ayuntamiento de Torrent o a las de la Generalitat Valenciana, en el caso de las del Estado, no pueden ni siquiera solicitarlos porque no presentan el padrón para acreditar que es su vivienda habitual, algo que no es necesario en ninguna de las otras administraciones.
“Y tampoco lo es en el caso del Estado. Según la Ley, la residencia habitual puede justificarse en el caso de la dana, por un informe policial, una declaración notarial vecinal, por imágenes o presentando recibos de suministros de agua, luz o gas”, señalan desde la asociación de vecinos.
Y tienen razón. Según la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, el padrón tiene carácter declarativo, pero no constitutivo de la residencia, por lo que su ausencia no excluye la posibilidad de acreditar la condición de vivienda habitual por otros medios. En el presente caso de afectados por la dana, la residencia habitual puede justificarse mediante documentación alternativa (contratos, recibos de suministros, informes de servicios policiales o públicos, declaraciones responsables u otros documentos), suficiente para acreditar el uso efectivo y continuado de la vivienda con anterioridad al siniestro.
“Pero llegas a solicitar las ayudas y te topas con el administrativo que te dice que no puede tramitar la ayuda sin el padrón. Entendemos que es la forma más sencilla, pero hay casuísticas particulares y muy graves, como el de una hija que perdió a sus padres mayores ahogados en su casa, y no ha obtenido ninguna ayuda estatal”, indican desde la asociación.

Vecinos junto al barranco en Torrent: "Mientras que la CHJ y el ayuntamiento se pelean por quién actúa, nuestras casas siguen en peligro" / Germán Caballero
Para el colectivo, de reciente creación y motivado precisamente por la lucha para defender sus derechos tras la dana, mucha gente “se trasladó después de la pandemia, pero no cambió el padrón”.
Otros casos, según apuntan, son familias con muy pocos recursos, que cuando les deniegan la solicitud no tienen capacidad ni conocimientos para poder recurrir. “Hay gente que presentar informes policiales que acreditan que llevan muchos años viviendo en la casa afectada no tiene conocimientos para interponer un recurso en contra , y para poder subsanar la información para acceder a las ayudas, además administrativamente, hasta que no se haga el procedimiento correctamente no se va a solicitar”, señalan.
Es por eso, que desde la Asociación de vecinos Mas del Jutge reivindican que se cumpla la Ley, “si hemos podido acceder a las de la Generalitat y a las del Ayuntamiento justificando que es nuestra residencia habitual sin el padrón, debería también ser igual para las del Estado”.
Hasta 60.000 euros
No poder acceder a las ayudas estatales es un gran varapalo, pues se trata de cantidades que podrían cambiar la vida de muchos de los afectados. Así, estamos hablando de ayudas que puede ser de 60.480 euros, por destrucción total de la vivienda habitual. Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, 41.280 euros, y si no afectan, 20.640 euros. También se contemplan ayudas por destrucción o afectación en los enseres domésticos de la vivienda habitual por 10.320 euros, así como 36.896 euros por daños en elementos comunes de uso general de una Comunidad de Propietarios en régimen de propiedad horizontal.
Según el Ministerio, podrán acogerse a estas ayudas los propietarios de vivienda habitual, los inquilinos cuya vivienda arrendada sea su residencia habitual, los arrendadores de viviendas cuyo destino sea el de vivienda habitual por parte de los inquilinos y los familiares directos de una persona fallecida.
Además, el Gobierno de España ha establecido el pago anticipado a cuenta de las ayudas concedidas a través de una declaración responsable en la que los interesados manifiesten que cumplen con todos los requisitos.
- Las compañías aéreas ya recomiendan a sus clientes solicitar cambios de fecha o el reembolso de los billetes ante el cierre del espacio aéreo en Oriente Medio
- Aemet activa un cuádruple aviso en la Comunitat Valenciana por la borrasca Regina: lluvias persistentes y olas de más de 3 metros
- Las lluvias de la borrasca Regina dejan ya en los embalses valencianos cifras inéditas en 35 años
- Suspendida la mascletà de hoy en València tras las fuertes lluvias y cierra el puerto por rachas de viento
- Segart dirá adiós al tráfico rodado por el pueblo tras siete años de espera
- La Audiencia de València corrige a la jueza de la dana y le obliga a investigar cómo ofreció la Conselleria de Medio Ambiente los agentes medioambientales a Emergencias
- Nueva huelga en Metrovalencia en plenas Fallas: días y horarios de los paros y servicios mínimos
- La nueva vida del histórico Horno de San Nicolás: ahora se llama Nico y vende algo más que dulces en València
