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El TSJ invalida el contrato de basuras de la Mancomunitat de l'Horta Nord y se lo concede a la segunda adjudicataria

Los diez municipios de la Mancomunitat pierden el recurso de casación ante el Supremo y deben otorgar el servicio de recogida de residuos ,dos años ya en vigor, a la segunda adjudicataria, que se quedó a 0,42 puntos

Visita a las instalaciones cuando se puso en marcha el servicio de recogida de basuras en la Mancomunitat de l'Horta Nord en 2024.

Visita a las instalaciones cuando se puso en marcha el servicio de recogida de basuras en la Mancomunitat de l'Horta Nord en 2024. / Tetma

Pilar Olaya

Pilar Olaya

Duro varapalo para la Mancomunitat de l'Horta Nord y su sistema de recogida de residuos que da servicio a diez municipios de la comarca: Albalat dels Sorells, Albuixec, Emperador, Massalfassar, Massamagrell, Museros, la Pobla de Farnals, el Puig de Santa Maria, Puçol y Rafelbunyol. El Tribunal Superior de Justicia ha anulado el actual contrato en vigor ya dos años por la empresa Tetma y obliga a la entidad a concedérselo a la segunda empresa con mejor puntuación en el proceso de adjudicación, Agricultores de la Vega. Sobre la sentencia ya no cabe recurso y por tanto debe ejecutarse en un plazo de dos meses. Hay que recordar que este contrato por 8 años más dos de prórroga, se adjudicó por 3,2 millones de euros en noviembre de 2023, y lleva en ejecución desde el 1 de febrero de 2024.

El fallo de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) estima el recurso interpuesto por S.A. Agricultores de la Vega de Valencia (SAV) contra la resolución del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC), que en diciembre de 2023 había ratificado la adjudicación del contrato a la mercantil Tetma. Tanto la Mancomunitat como Tetma presentaron en última instancia recurso de casación ante el Supremo, que ahora ha sido rechazado y obliga a cumplir la sentencia.

La sentencia a la que ha tenido acceso este diario declara la nulidad de la adjudicación del contrato para el “Servicio de recogida y transporte a planta de los residuos sólidos urbanos de la Mancomunitat l’Horta Nord”. En su lugar, el tribunal reconoce el derecho de SAV a que la anterior adjudicataria sea excluida de la licitación y a obtener ella misma el contrato, al haber sido la segunda licitadora mejor valorada en el proceso, a tan solo 0.42 puntos de la ganadora del concurso.

Un incumplimiento "objetivo" y falta de documentación

El eje central del conflicto jurídico reside en el incumplimiento de las prescripciones técnicas por parte de Tetma. Según los hechos probados, la oferta de esta mercantil no presentó el Plan de Seguimiento y Mejora de la Calidad, un documento exigido con carácter obligatorio en la cláusula 8.3 del Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT).

Aunque el informe técnico inicial reconoció que "no se localiza descripción alguna" de dicho plan en la oferta ganadora, solo se le penalizó con medio punto en la valoración final. El TSJCV califica esta situación de "desproporción absolutamente injustificada", resaltando que otras empresas fueron penalizadas con hasta 3 o 5,5 puntos por deficiencias de menor calado.

Contenedores del servicio mancomunado de l'Horta Nord.

Contenedores del servicio mancomunado de l'Horta Nord. / L-EMV

Para la Sala, la ausencia de este plan no es una cuestión interpretable, sino un dato objetivo. La sentencia subraya que la falta de esta documentación deja a la Administración en una situación de "completa indefensión" para poder exigir el cumplimiento de la calidad del servicio, dejando el contrato "al absoluto arbitrio de la adjudicataria".

Las tablas en formato Excel y los grandes productores

Otro de los motivos curiosos que fundamentan la exclusión es el incumplimiento parcial de la cláusula 11 del PPT, que calificaba como "absolutamente imprescindible" que todas las tablas de la oferta se adjuntaran en formato excel, requisito que la adjudicataria solo cumplió de forma parcial.

Barredora.

Barredora. / L-EMV

Por otro lado, SAV también denunció un "error material grave" en la valoración de su propia oferta respecto al criterio de "Grandes productores". La empresa valenciana alegó que no se tuvieron en cuenta 70 contenedores de papel y cartón que había ofertado, aunque en este punto el tribunal considera que la diferencia de puntuación estaba justificada por el alcance global de la propuesta de la competencia.

Procedimiento problemático desde el principio

El nuevo contrato de basuras ha sido un auténtico quebradero de cabeza para la Mancomunitat de l'Horta Nord desde que el 16 de diciembre de 2022 se aprobara el pliego de condiciones después de más de cuatro años para elaborarlo. Tras la adjudicación, SAV ya bloqueó la puesta en marcha del servicio con un recurso ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Tacrc) apenas dos semanas después de su adjudicación. No fue hasta enero de 2024, cuando el TACRC desestimó el recurso interpuesto por Agricultores de la Vega, confirmando la legalidad de la adjudicación del contrato de la Mancomunidad, levantando la suspensión del procedimiento, y por tanto permitiendo la puesta en servicio del contrato,pese a que cabía interponer recurso contencioso administrativo frente el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana», como así hicieron y ahora han ganado.

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