El Ayuntamiento de Alfafar aprueba una nueva ordenanza para agilizar las ayudas de urgencia social
La nueva ordenanza convierte las prestaciones en un derecho exigible por ley para los residentes que cumplan los requisitos, con cinco tipos de ayuda específicos

Reunión de la concejala de Servicios Sociales Fina Carreño, con el secretario autonómico de Servicios Sociales Ignacio Grande, y la secretaria autonómica de del Sistema Sociosanitario Rosa Ferrando. / A.A.
Los efectos de la dana del 29 de octubre de 2024 han dejado patente los obstáculos para la obtención de ayuda de urgencia ante situaciones sobrevenidas. Es por eso que el Ayuntamiento de Alfafar ha decidido actualizar su normativa de 2020, para ofrecer una respuesta más ágil y efectiva a las familias afectadas. Así, el último pleno di luz verde a la nueva ordenanza municipal reguladora de las prestaciones económicas de urgencia social (PEUS), que obtuvo el respaldo político de todos lo partidos PP, PSOE y Compromís, excepto de Vox, que se abstuvo.
La principal novedad de esta ordenanza es que las prestaciones dejan de ser una concesión discrecional para convertirse en un derecho subjetivo. Esto significa que cualquier vecino que cumpla los requisitos legales tiene la facultad de exigir su cumplimiento a la administración, que está obligada a garantizarlo mediante créditos presupuestarios ampliables si fuera necesario.
Cinco tipos de ayudas para cubrir todas las necesidades
La nueva ordenanza aprobada establece cinco tipos de ayudas económicas:
Las de Emergencia Social,que incluye la creación de una "renta básica municipal" para quienes han agotado otras ayudas, además de cubrir alimentación básica, productos infantiles, higiene y gastos de vivienda (alquiler o hipoteca) para evitar desahucios. La cuantía de la prestación dependerá del número de miembros de la unidad de convivencia: desde una persona, que será el 75% del IPREM mensual a más de 3 personas, que será el 95% del IPREM mensual. En cualquier caso, no se concederá prestaciones económicas superiores a 1’5 del IPREM.
La normativa también establece ayudas de Urgencia Social, destinada a cubrir necesidades puntuales de salud no atendidas por la sanidad pública, como prótesis oculares, odontología, podología y gastos farmacéuticos.

La plaza del Ayuntamiento de Alfafar. / A. A.
También se incluyen las ayudas de suministro energético, para garantizar el pago de luz, agua y gas, combatiendo directamente la pobreza energética.
La ordenanza también hace una referencia especial a las personas mayores y dependientes, con unas ayudas denominadas de Autonomía Personal, para la adquisición de audífonos, gafas o la adaptación funcional del hogar.
Y por último las prestaciones de Prevención de la Exclusión, enfocadas especialmente para la infancia y la adolescencia, financiando actividades que favorezcan la inclusión social y cultural.
Requisitos y agilidad administrativa
En cuanto a los requisitos establecidos por la normativa para poder acceder a estas ayudas, los solicitantes deberán acreditar su residencia efectiva en Alfafar y que la renta de la unidad de convivencia no supere 1,5 veces el IPREM (ajustable según el número de miembros). Además, se vigilará que no exista absentismo escolar en la familia.
En cuanto a la gestión, la ordenanza introduce la "tramitación de emergencia ciudadana", lo que reduce los plazos a la mitad. De hecho, si el Ayuntamiento de Alfafar no resuelve una solicitud en el plazo de un mes, el ciudadano podrá entenderla como aprobada por silencio administrativo positivo. Finalmente, el texto garantiza que estas ayudas son inembargables en la cuantía que no exceda el salario mínimo, protegiendo así el sustento básico de los beneficiarios
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