La Pobla de Farnals establece límites horarios para las celebraciones y festejos nocturnos
El pleno municipal aprueba la modificación de la ordenanza de fiestas para regular horarios en apartamentos y comisiones falleras, buscando el equilibrio entre diversión y descanso vecinal

Celebración de una noche de San Juan en La Pobla de Farnals. / A.P.F.

La Pobla de Farnals ha decidido regular de una forma más específica los horarios permitidos en la celebración de festejos, especialmente por la noche, para poder conciliar diversión y convivencia. El pleno aprobó una modificación en la ordenanza de fiestas que regulará mejor las celebraciones tanto en los complejos de apartamentos de la zona de la playa, como de las comisiones falleras.
La particularidad de la zona de la playa, con fiestas en los distintos bloques de apartamentos, ha obligado a hacer también una regulación específica. Así, cualquier actividad en día laborable será autorizada hasta la 1 de la noche. En concreto durante la semana del 15 de agosto, de lunes a viernes, no podrá llevarse a cabo ningún evento que se alargue más allá de las 00 horas. Los que se celebren en fin de semana se desarrollarán desde las 17 horas hasta las 4 horas. Cuando el día 14 de agosto caiga entre semana se aplicará el mismo horario desde las diecisiete horas hasta las 4 horas. "Esta ordenanza regulará los horarios entre semana, de forma que se dé satisfacción a la demanda del vecindario que tiene necesidad de descansar los días ordinarios", indica el alcalde, Enric Palanca.
Montaje carpas falleras
Más ampliación de horario se tendrá en Fallas. La ordenanza, en su modificación del artículo 3, establece que durante la semana fallera: desde la 8:00 horas hasta las 3:00 horas del día siguiente, salvo el día 18 de marzo que se podrá prolongar hasta las 5:00 horas del día 19, previa comunicación al ayuntamiento de los actos a celebrar por la diferentes fallas. Además de los horarios, también se incluyen otras especificaciones, como el permiso de instalar carpas fechas antes de la semana fallera, cuando se justifique por un problema de incompatibilidad de horarios por los montadores. "En el caso de que no sea posible su montaje dentro de las fechas fijadas por la ordenanza por motivos logísticos, y así se justifique con documento de la empresa montadora, podrán instalarse las carpas antes de las fechas indicadas en la presente Ordenanza", establece el artículo 4, en su modificado. "Las fallas, por otro lado, tendrán reconocidas fiestas falleras que antes no lo estaban, generando muchas contradicciones. La cabalgata del Ninot o la Cridà estarán debidamente especificadas en el calendario fallero", añade Enric Palanca.

La Pobla de Farnals regula lo shorarios de sus fiestas. / A.P.F.
El alcalde también afirma que los horarios de los días importantes de las fiestas como San Juan, las Fiestas mayores o la Mare de Dèu d'Agost podrán ajustarse a un horario realista: en lo relativo a la celebración de San Juan, estableciendo que se desarrollará desde las 17 horas del día 23 de junio hasta las 5 horas del día 24 de junio, en lo relativo a las Fiestas de verano y septiembre, estableciendo que todos los actos que se celebren durante dichas festividades se extenderán desde las 8 horas hasta las 4 horas del día siguiente, salvo la noche de paellas, la festividad de San Francesc, la de San Félix y la de la Virgen, que se podrá prolongar hasta una hora más.
"La concejalía de fiestas ha planteado la modificación desde una perspectiva de escucha a las necesidades contradictorias del vecindario. Por un lado, la necesidad de descanso y por otra, aceptar la costumbre general que es en cierta forma el alma de los pueblos; y un pueblo sin alma es un dormitorio", concluye Palanca.
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