Alfafar
El Síndic de Greuges da la razón a la Koordinadora del Parke y reclama el pago de la deuda a la conselleria
El colectivo espera una respuesta favorable en el plazo de un mes para evitar acciones legales por el impago de 310.000 euros

Una de las protestas del Kolectivo del Parke. / K. J. P.

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha estimado las quejas y ha formulado consideraciones favorables en la Koordinadora de Kolectivos del Parque Alcosa de Alfafar en el conflicto que mantiene con la Conselleria de Servicios Sociales por los impagos de los centros de día de Pekes y Jóvenes, que asciende a 310.000 euros.
Esta resolución se añade al informe elaborado por la Clínica Jurídica por la Justicia Social de la Universitat de València, que en el mes de mayo ya concluyó firmemente que la deuda es exigible. Dos instituciones independientes coinciden: la Generalitat debe de pagar los servicios prestados.
Síndic de Greuges
El defensor del pueblo valenciano ha emitido una resolución en que reconoce que la entidad prestó los servicios socioeducativos durante los meses de abril a noviembre de 2025, a pesar de la destrucción de los locales por la dana, y cuestiona que la falta de autorización formal del emplazamiento sea motivo suficiente para no abonar el servicio acordado.
El informe del Síndic concluye que la administración “no comunicó nunca a la entidad que el servicio tenía que interrumpirse o que no se procedería al pago”. Además, señala que la conselleria permitió la continuidad durante meses sin manifestarse en contra, “generando inseguridad jurídica que no puede perjudicar la entidad” y que “no se adoptó ninguna resolución formal de suspensión o resolución del concierto”.
El documento también apunta que el elemento fundamental del concierto es la atención socioeducativa, “no la ubicación concreta donde se presta el servicio” y que la conducta de la administración “generó una confianza legítima en la continuidad del servicio, que ahora no puede desconocer”. Por tanto, señala que “no se puede priorizar un requisito formal ante la no discutible atención a menores y jóvenes en situación de vulnerabilidad”.
En esta línea el síndic sugiere a la conselleria que reconsidere su decisión y que proceda a concretar con la entidad el importe debido atendiendo a los servicios prestados a un número determinado de personas durante los meses de abril a noviembre de 2025.
Informe jurídico
Por su parte, el informe jurídico de la Universitat de València insiste en que la administración no suspendió ni resolvió formalmente el concierto, que mantiene toda su vigencia y, de igual forma, advierte de que el “contrato fue la atención a personas, no el uso de un espacio físico concreto. La dana fue un caso de fuerza mayor”.
También señala la vulneración del principio de confianza legítima, ya que “la Generalitat avaló, supervisar y requerir documentación para tramitar pagos, generando expectativas positivas”, junto con “el enriquecimiento injusto de la administración: La conselleria ha recibido un servicio efectivo sin asumir el coste”.
El informe concluye que la negativa al pago “vulnera los principios de seguridad jurídica, buena fe administrativa y prohibición de enriquecimiento injusto, y afecta los derechos fundamentales de los menores atendidos”.
Próximos pasos
La ley que regula el Síndic de Greuges obliga la administración a responder en el plazo de un mes si acepta o no las consideraciones. Desde la Koordinadora esperan “una respuesta favorable que permita resolver una situación insostenible que pose en riesgo la continuidad de proyectos comunitarios esenciales y la viabilidad de la entidad”, señalan y advierten de que en el caso contrario ya está estudiando el inicio de acciones legales para exigir por la vía judicial el abono de los 310.000 euros debidos, más los intereses de demora correspondientes.
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