Los exdirectivos del Real Zaragoza falsificaron nóminas de sus jugadores, por valor de 1,7 millones de euros, pero no ha quedado acreditado si el dinero sirvió para sobornar al vestuario del Levante UD. Esta es la conclusión a la que ha llegado el juez más de ocho años después del controvertido partido que disputaron ambos equipos en el Ciutat de València.

El titular del Juzgado de lo Penal número 7 de Valencia ha absuelto a los 42 acusados -41 personas físicas y una persona jurídica, el Zaragoza SAD- de un delito de corrupción deportiva al no hallar pruebas de amaño en el partido de fútbol de Primera División que disputó este equipo con el Levante UD el 21 de mayo de 2011.

En cambio, el magistrado sí ha condenado por un delito de falsedad en documento privado al que fuera presidente y propietario de la entidad zaragozana, Agapito Iglesias, y al entonces director financiero del club, Francisco Javier Porquera, a los que ha impuesto un año y tres meses de prisión. El juez considera probado que ambos ocultaron la salida de 1,7 millones de euros de las cuentas de la sociedad y lo justificaron con nóminas falsas por supuestas primas a sus jugadores, pero no para pagar sobornos sino ante la inminencia del concurso de acreedores del Zaragoza SAD.

La sentencia, hecha pública ayer y que puede ser recurrida en apelación ante la Audiencia, recoge que Iglesias y Porquera acordaron que se contabilizaran «mendazmente» esas disposiciones de efectivo «como si se tratara del pago a los jugadores del Zaragoza de una prima especial por permanencia en Primera División».

Ambos decidieron que se crearan «nóminas y un recibí colectivo, firmado por el capitán del equipo, que las justificaran documentalmente, tanto externamente frente a la Agencia Tributaria, como internamente, dentro del concurso, frente a los administradores concursales y acreedorees».

Este caso nació tras la denuncia que hizo un confidente anónimo a Javier Tebas, presidente de LaLiga y en aquellos años vicepresidente, en su despacho de abogados. Sobre este asunto, el juez estima que «en el acto del juicio nada se ha probado acerca de las circunstancias en las que se habría perpetrado el delito de corrupción deportiva, ni acerca de las personas que participaron materialmente en el amaño, ni como se negoció, ni quienes o como lo ejecutaron, de una o de otras parte». La única información concreta, dice el magistrado, «con la que contaríamos a este respecto es la que, supuestamente, le habría transmitido al señor Javier Tebas su misterioso confidente, cuando le dijo que el dinero, tras sacarlo en efectivo, habría sido trasladado materialmente a València».

El juicio constató los movimientos sospechosos de las cuentas corrientes de los jugadores del Levante UD que habrían recibido los sobornos, pero la sentencia estima que no hay ningún indicio que vincule estos hechos con un acuerdo por dejarse ganar. Pero, aun constituyendo un indicio global válido para sostener la acusación, «no resulta, en cambio, suficiente para que podamos afirmar, sin ningún género de dudas, que constituye prueba bastante de la comisión del delito de fraude deportivo con el que se le relaciona y menos aun de la concreta participación de todos los acusados», subraya el juez.

La sentencia destaca el testimonio del Inspector Jefe del Cuerpo Nacional de Policía, experto en fraude deportivo. El funcionario policial, como remarcaron las defensas, «después de revisar el vídeo del partido objeto de denuncia y de acusación en esta causa, concluyó que no apreciaba nada anormal en su desarrollo, no advirtiendo tampoco que entorno a su disputa se produjeran tampoco apuestas ilegales que pudieran resultar indicativas de un posible amaño», relata el juez. Tampoco da credibilidad al testimonio del dirigente deportivo, Augusto Joaquín César Lendoiro, por estar «basada en rumores».