El Consell modifica las cláusulas del Fondo de Cooperación Municipal contra la despoblación para que opten a él pueblos de hasta 300 habitantes
Hasta ahora solo podían acceder a las ayudas las localidades con una población inferior a 120 habitantes
A.S.
El Consell ha declarado la urgencia en la tramitación de la modificación del Decreto 182/2018, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana, con el fin de ampliar el número de municipios que podrán beneficiarse del fondo.
En concreto, se propone que puedan ser beneficiarios todos los municipios con población inferior a 300 habitantes, ampliando así el número de entidades locales que podrán optar a las ayudas, dado que hasta el momento solo pueden optar aquellos que cuenten con menos de 120 habitantes.
Además, se introduce el criterio de población como elemento central en las reglas para la distribución del fondo, por lo que se modifican las cuantías mínimas y máximas que pueden obtener las entidades beneficiarias.
Igualmente, se establecerá un criterio de garantía de percepción para que los municipios, aunque no cumplan todos los requisitos, tengan garantizada la percepción de ayudas al menos durante el año siguiente.
Dado que el fondo tiene que distribuirse entre los municipios beneficiarios antes del mes de junio de 2021 y el interés que existe para que este proyecto de decreto solucione cuestiones de importancia relevante, se considera necesaria la tramitación urgente de la modificación del Decreto 182/2018 del Consell, con el fin de que los municipios en situación de riesgo de despoblación puedan acogerse a esta línea específica de financiación lo antes posible.
Cabe recordar que el objetivo del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana es facilitar la suficiencia financiera de los municipios para garantizar la cobertura de las necesidades básicas de la ciudadanía.
Por ello, y ante la experiencia adquirida durante sus dos años de aplicación y teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias, se hace necesario modificar algunos criterios para la distribución de los recursos que proporciona la línea específica, de acuerdo con los principios que plantea este decreto, el Estatuto de Autonomía y la Constitución.
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