Chelva indemniza con 20.000 euros al arquitecto municipal por ser un falso autónomo

Miguel Tomás denunció su despido improcedente al prescindir de él de un día para otro pese a trabajar en dependencias municipales durante 12 años

El Ayuntamiento de Chelva, en una imagen de archivo

El Ayuntamiento de Chelva, en una imagen de archivo / PROVI MORILLAS

Amparo Soria

Amparo Soria

El Ayuntamiento de Chelva ha llegado a un acuerdo judicial con el que fuera durante 12 años arquitecto municipal para indemnizarle con casi 20.000 euros por su despido improcedente en 2016, tras una relación laboral de falso autónomo desde 2005

Según se explica en la demanda presentada, Tomás comenzó a prestar los servicios en enero de 2005 a través de contratos anuales y un convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de València y el Colegio Oficial de Arquitectos. Así, trabajaba 18 horas semanales, en tres días, redactando informes, dictámenes, asesoramiento y distintas tareas propias de un arquitecto municipal desde un despacho propio, donde lidiaba día a día con el resto de personal funcionarial del consistorio y con los cargos públicos. 

Sin embargo, tras 12 años y coincidiendo con el cambio de alcalde en virtud de la coalición de gobierno entre PSPV e Izquierda Unida, a Tomás se le dijo que su contrato había finalizado, de un día para otro y sin ninguna explicación de motivos y no renovaría uno nuevo. Cada año, la firma de este contrato se producía en febrero o marzo, pero esta vez habían decidido no prorrogarlo. 

Tomás entendió que el despido era improcedente y solicitó que el consistorio se lo notificara formalmente, para que quedara constancia de que no se prescindía su contrato por voluntad propia sino por parte del ayuntamiento, que comenzaba a estar dirigido por el todavía alcalde, David Cañigueral. 

En la demanda, Tomás explica que su puesto de trabajo estaba en las dependencias municipales, «concretamente en el despacho de técnicos, es decir, dentro de la organización de trabajo del empleador, con los habituales equipos de oficina, informáticos, teléfono, fax, etc., utilizando el material fungible y de papelería y recibiendo instrucciones directas tanto del alcalde como del concejal de Urbanismo o de Obras, que programaban mi actividad, fijando el ayuntamiento precios o tarifas, seleccionando la clientela o personas a atender». También reconoce que dentro de esta relación laboral él disfrutaba de 30 días de vacaciones remuneradas cuyo disfrute coordinaba con el ayuntamiento, «facturando mensualmente idéntica cantidad, con independencia de los servicios prestados». 

Por todo ello se presentó la demanda por despido improcedente al considerar que existía una relación laboral de ajeneidad y dependencia. No se llegó a celebrar el juicio ya que el abogado municipal propuso un acuerdo a Tomás en noviembre del año pasado. Fue aceptado y se saldó con la indemnización de 19.390 euros que debían ingresarse antes del 15 de enero de este mismo año. 

Tras el paso de Tomás, el consistorio chelvano hizo un concurso de méritos para ser personal laboral al que accedió una mujer, que abandonó la plaza el año pasado y ahora es un hombre el que realiza estas labores, con el mismo tiempo de contrato que tenía Miguel Tomás. 

Trabajo obligó al consistorio a darle de alta en la Seguridad Social

De forma paralela al proceso judicial donde MiguelTomás solicitó que su despido se catalogara como improcedente, Inspección de Trabajo visitó el Ayuntamieto de Chelva en 2016 para comprobar cuál era el estado de varios técnicos que trabajaban en el ayuntamiento. Tomás prestaba sus servicios en elAyuntamiento de Titaguas también, y ambos fueron condenados a darle de alta en laSeguridad Social de forma retroactiva desde 2012 ya que figuraba como un autónomo cuando su relación laboral con el ayuntamiento era continua y dependiente. A.S.

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