La Audiencia de Alicante ha confirmado la condena a un hombre que agredió a otro por "apartar con el pie" a su perro cuando ambos estaban paseando a sus respectivas mascotas en un descampado del municipio de Calp (Alicante), aunque le ha rebajado la pena a cuatro meses de prisión tras admitir parcialmente un recurso interpuesto por él.

La sentencia, facilitada este jueves por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), ratifica un fallo dictado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Benidorm y considera al condenado autor de un delito de lesiones.

No obstante, la resolución admite parcialmente el recurso presentado por el acusado frente a la resolución judicial de primera instancia y rebaja la pena inicial que se le había impuesto de un año y seis meses de prisión a cuatro meses, tras entender que concurre la atenuante de dilaciones indebidas.

A este respecto, la Audiencia de Alicante estima "una demora excesiva" que el juicio se celebrase cuatro años después de que transcurriese el suceso y dos desde que la causa se registrase en el juzgado.

De todas maneras, el condenado deberá también pagar una indemnización de 2.000 euros a la víctima de la agresión.

Los hechos enjuiciados tuvieron lugar sobre las 19 horas del 27 de octubre de 2014, cuando el acusado paseaba a su perro en un solar utilizado como aparcamiento. En ese momento, se encontró con el propietario de otra mascota, quien apartó con su pie al perro del condenado para que no molestara al suyo.

Entonces, el acusado "le propinó un fuerte puñetazo en la cara, seguido de una patada, haciéndole caer al suelo y fracturando las gafas que portaba", según relata la sentencia.

En su recurso de apelación, el acusado negó la autoría de la agresión y argumentó que el denunciante le había identificado de manera errónea. Sin embargo, la Audiencia de Alicante resuelve que la identificación ofrecida por la víctima "fue totalmente creíble" y que no existió "ningún móvil espúreo" en su versión.