Las irregularidades cometidas en el suelo no urbanizable de especial protección de la Granadella de Xàbia no prescriben. Así lo indica una sentencia fechada el pasado 1 de julio de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana. Vicente Ortolá Bas, un vecino de Xàbia que algo sabe de urbanismo (fue concejal de Urbanismo por el PP entre 1999 y 2003), ha plantado batalla legal para que el restaurante Rosita, situado en la Granadella, demuela las obras «ilegalizables» que realizó en 2003. El exedil también pide que se clausure este negocio, dado que la actividad, asegura, no cuenta con licencia y es incompatible con el planeamiento.

El juzgado de Alicante rechazó en 2018 el recurso presentado por Ortolá. Consideró que el ayuntamiento no era competente para expedientar a este restaurante y exigirle que demoliera las obras. Precisaba que debía actuar la conselleria. También concluía que la posible ilegalidad urbanística ya había prescrito.

Sin embargo, el TSJ sí da la razón ahora al exconcejal, y ordena al ayuntamiento que abra un expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística, lo que significa, como poco, que la piqueta se lleve por delante los trabajos efectuados en 2003. También insta al consistorio a «ejercer sus competencias en materia de licencias de actividad y depurar las irregularidades» que el arquitecto municipal hizo constar en un informe de 2014. Este técnico constató que la actividad inicial autorizada de bar-merendero se había «modificado sustancialmente» y que el local se había «ampliado considerablemente». El fallo del TSJ no es firme y se puede recurrir.