El Ayuntamiento de Xàbia ha encargado la elaboración de unas catas en un chalet de la Cala Granadella con el fin de detectar si el titular de la propiedad cumplió o no la normativa vigente y se amoldó en los trabajos ejecutados a la licencia que solicitó.

Hasta aquí todo puede parecer correcto, pero el problema viene desde 2010, cuando los técnicos municipales detectaron unas obras realizadas en una vivienda de la Cala Granadella, que supusieron la reconstrucción de una pequeña casa y su reconversión en un chalet. Este propietario, es el arquitecto municipal del Ayuntamiento de Xàbia, Enric Morera, no una zona cualquiera, ya que todo el entorno de la Cala Granadella se encuentra protegido con la figura del Suelo No Urbanizable de Especial Protección Paisajistico Ecológico.

Todo este asunto ha estado judicializado y a través de un informe demoledor de uno de los técnicos de Urbanismo, elaborado en 2021, el Ayuntamiento ha sacado a concurso la contratación de una empresa especializada en catas con el fin de comprobar si en esa conversión se hizo una demolición de la antigua propiedad y se reconstruyó desde cero una nueva o siguen bajo tierra los cimientos de la primera. En el citado informe, el técnico remarca que la esposa del propietario pidió en su día "una licencia de obra de menor" y a la vista del proceso "se trata de una obra que requería el correspondiente proyecto y de una licencia de obra mayor". Esto motivó que en 2011 el Ayuntamiento ordenara al propietario la restitución de la legalidad urbanística, esto es, en lenguaje de la calle, que devolviera todo a su estado anterior.

No lo hizo, y de hecho, la vivienda sigue en su estado actual. Y eso pese a que existe una sentencia del Contencioso Administrativo de Alicante, en la que se considera que las obras realizadas en la vivienda no se ajustan a la legalidad urbanística.

Por tanto, recoge el documento técnico, el Ayuntamiento debe reiniciar ese expediente como consecuencia de las obras ejecutadas, ya que “la acción de la administración para exigir el restablecimiento de la legalidad urbanística no ha caducado, dado que la parcela y la vivienda se ubican en suelo no urbanizable especialmente protegido”.

Con todo, el técnico asegura que en caso de "verificarse" que la anterior propiedad fue demolida total y fue reconstruida, los trabajos no estarían incluidos en los supuestos previstos en el Plan General vigente en aquellos años (el del 90), sino que se “habrían realizado obras de nueva planta que no son admisibles en dicha parcela” por encontrarse en suelo especialmente protegido.

Así una vez una vez realizadas las catas y con el informe de las mismas "se habrán obtenido los datos con los cuales proceder a la inmediata reiniciación del procedimiento de restauración de la legalidad urbanística" que podría acabar en la orden de "demolición de las edificaciones realizadas ilegalmente".