El juez de paz es en los pueblos el «home bo». Encarna la justicia y vela por la correcta convivencia. Debe ser un vecino sin tacha. Sin embargo, el juez de paz de Benigembla desde 2020, Emilio Mengual Serra, no cumple ese perfil. Pocos días antes de convertirse en juez de paz (el pleno lo nombró el 12 de febrero de 2020) recibió la sentencia de la Audiencia de Alicante que confirmaba su condena por un delito continuado de maltrato animal. Tanto a él como al otro condenado, Vicente Mallol Borrell, se les impuso una pena de siete meses y quince días de prisión. La Audiencia ratificaba una anterior sentencia condenatoria del juzgado de lo penal de Benidorm.

El fallo fue contundente. Los dos condenados mataron a tiros con «ánimo depredador» a una perra doméstica e hirieron a otra. Ocurrió el 6 de noviembre de 2014. Emilio Mengual y Vicente Mallol salieron ese día de caza. Acudieron al coto del Castellet de Murla. En las proximidades hay una parcela privada, allí estaba un vecino con las dos perritas de su hija, «Lola», de 8 años, y Kika, de 8 meses e hija de la primera.

Las dos mascotas se acercaron a la zona de caza y «al menos Vicente con la aprobación de Emilio» (así se recoge la sentencia) les dispararon. Mataron a «Lola» e hirieron a la otra perra.

Los dueños de las mascotas encontraron días después a «Lola». Los cazadores intentaron borrar su fechoría y «semienterraron» el cadáver de la perra.

El juzgado de lo penal de Benidorm, en la sentencia luego ratificada por la Audiencia de Alicante, condenó a los dos cazadores a indemnizar a los dueños de las perras con 171 euros (los gastos del veterinario de curar a «Kika»), 300 euros (el valor de «Lola») y 1.000 euros por daños morales.

Por otra parte, los requisitos para ser juez de paz son cristalinos. No se puede estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad que establece el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Una de ellas es estar condenado por un delito doloso mientras no se haya obtenido la rehabilitación.