La Justicia avala que Calp diese por caducada la licencia para el hotel de las torres gemelas de 35 alturas

La sentencia, contra la que cabe recurso, alude que la mercantil no tenía financiación para ejecutar las obras y a que el consistorio había cambiado su PGOU y el proyecto ya no tenía encaje urbanístico

Recreación del hotel de las torres gemelas

Recreación del hotel de las torres gemelas / Levante-EMV

Calp

Calp se libera a pares de las torres. En este caso, sí. El juzgado de lo contencioso administrativo de Alicante le ha dado la razón al ayuntamiento y ha avalado que declarara caducada la licencia que concedió en diciembre de 2017 a la mercantil Sol de Calpe para la construcción de un hotel de dos torres gemelas de 35 alturas. El hotel se iba a levantar en una parcela de la avenida Juan Carlos I, un suelo que linda con les Salines. El juzgado ha desestimado el recurso presentado por la empresa y considera “conforme a derecho” la decisión del consistorio calpino.

El Ayuntamiento de Calp declaró la caducidad de la licencia tras comprobar que había transcurrido el plazo de ejecución del permiso sin que se hubieran iniciado las obras y tras la aprobación de la modificación D14 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Calp que contemplaba nuevas normas urbanísticas (se rebajaba la altura de las torres) a las que no se ajustaba la licencia de obras concedida.

Sol de Calpe arguye en el recurso que no procede la caducidad de la licencia por considerar que desde que esta fue concedida se han producido una serie de circunstancias que han impedido el inicio de las obras. Hace referencia al recurso contencioso-administrativo que presentó la Generalitat Valenciana en 2018 que conllevó la suspensión de la licencia, el cual fue finalmente desestimado al igual que el posterior recurso de apelación, mediante sentencia del TSJ, declarada firme el 10 de septiembre de 2021.

Imagen de le Salines de Calp. El hotel estaba previsto en el frente este del paraje y en la segunda línea de torres.

Imagen de le Salines de Calp. El hotel estaba previsto en el frente este del paraje y en la segunda línea de torres. / Levante-EMV

La empresa aduce, además, que ha manifestado en repetidas ocasiones y mediante diferentes escritos presentados por registro de entrada en el Ayuntamiento su intención de iniciar las obras y que, por tanto, no existe “una conducta de abandono o en desistimiento de su intención de edificar”.

Sin financiación para las obras

Sin embargo, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo señala en la sentencia que "la parte demandante se limita a manifestar que quiere ejecutar la obras, pero eso no es más que una simple declaración vacía de contenido. Desde la declaración de firmeza de la sentencia de la Sala de fecha 10 de diciembre de 2021, no ha realizado ninguna actuación material tendente a la ejecución de la obra”.

En la sentencia, contra la que cabe recurso, se hace referencia a que la mercantil no disponía de financiación para ejecutar la obra así como a la modificación del planeamiento al que no se ajustaba este proyecto. “Como señala la jurisprudencia, la licencia garantiza el derecho a la edificación, pero no la inmutabilidad del régimen urbanístico”, se destaca.

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