Calp convoca las ayudas Bono Baby para familias con menores de 0 a 3 años
Son ayudas de hasta 500 euros destinadas a la adquisición de productos infantiles de primera necesidad, puericultura, ropa, farmacia y parafarmacia o alimentación infantil

Calp ayuda a las familias con recién nacidos / Levante-EMV
El Boletín Oficial de la Provincia de Alicante ha publicado la convocatoria de ayudas económicas a familias con menores de hasta tres años “Bono Baby” anualidad 2026 del Ayuntamiento de Calp, por lo que desde hoy jueves 11 de junio hasta el 30 de septiembre la ciudadanía interesada puede solicitar estas subvenciones.
Se trata de ayudas de hasta 500 euros destinadas a la adquisición de productos infantiles de primera necesidad, puericultura, ropa, farmacia y parafarmacia, alimentación infantil, etc. adquiridos en el comercio local. De esta manera, no sólo se busca apoyar a las familias de Calp, con hijas e hijos nacidos y/o adoptados en Calp, con edades entre 0 y 3 años sino también al comercio local ya que la adquisición de estos productos sólo se podrá realizar en establecimientos comerciales con licencia de apertura en el municipio.

La campaña del Bono Baby 2026 de Calp / Levante-EMV
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las familias con al menos un progenitor que lleve empadronado en Calp un mínimo de dos años antes del nacimiento o adopción. En casos de separación, divorcio o monoparentalidad, será exigido sólo a quien ostente la guarda y custodia del menor. Y además, la persona que solicite la ayuda deberá estar en alguna de estas situaciones: en situación de desempleo, o bien en situación de expendiente temporal de regulación de empleo (ERTE), o cuando los ingresos de la unidad familiar se encuentren por debajo de cuatro veces el IPREM. En el caso de familias numerosas o de categoría general o con familia monoparental con menor a cargo o con discapacidad hasta el 33% de alguno de sus miembros, o víctimas de violencia de género, o jóvenes menores de 30 años; los ingresos de la unidad familiar deberán estar por debajo de 4,5 veces el IPREM. Y en el caso de personas con discapacidad superior al 33%, con familia numerosa de categoría especial, los ingresos de la unidad familiar deberán estar por debajo de 5 veces el IPREM.
Actividad comercial en Calp
Los gastos deben estar realizados desde la fecha de nacimiento, acogida o adopción hasta la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y haberse llevado a cabo en establecimientos comerciales con actividad comercial en Calp. Para ello, deberán aportar las facturas de los productos adquiridos.
Dichas solicitudes deberán presentarse vía telemática a través del trámite habilitado para tal efecto, o presencialmente en la OAC.
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